SAP Huelva 5/2004, 20 de Enero de 2004

PonenteD. FRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS
ECLIES:APH:2004:60
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución5/2004
Fecha de Resolución20 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Segunda

Asunto: Procedimiento Abreviado Nº:21/03

Proc. Origen: Diligencias Previas nº: 3/03

Juzg. Origen: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 Ayamonte

SENTENCIA Nº 5

Iltmo. Sr. Magistrados de la Sala:

Presidente:

D. FRANCISCO J. MARTÍN MAZUELOS

Magistrados:

D. FLORENTINO G. RUIZ YAMUZA

D. ANDRÉS BODEGA DE VAL

En Huelva, a veinte de enero de dos mil cuatro.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los Magistrados reseñados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. Don FRANCISCO J. MARTÍN MAZUELOS, ha visto en juicio oral y público el procedimiento abreviado núm. 21/2003, sobre delito contra la salud pública, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Ayamonte, seguido contra Carlos José , con D.N.I. núm. NUM000 , nacido el día 5 de enero de 1.958, hijo de Germán y Carla , natural de Isla Cristina (Huelva), con antecedentes penales, y contra Blanca , con documento de identidad portugués núm. NUM001 , natural de Vilareal de Santo Antonio (Portugal), sin antecedentes penales; ambos vecinos de Isla Cristina, con domicilio en CALLE000 núm. NUM002 , declarados insolventes, en libertad pr esta causa, representados por el Procurador DOÑA NORMA LILY ZAMBRANO MURILLO y defendidos por el Letrado Sr. revuelta Martín, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

1- Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Ayamonte y continuada su tramitación como procedimiento abreviado, el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación contra Carlos José y Blanca .

  1. - Presentado escrito de defensa por la representación del acusado y remitida la causa a esta Audiencia Provincial, se admitieron las pruebas que se reputaron pertinentes y se señaló la vista del juicio oral para el día , en cuya fecha tuvo lugar con el resultado que consta en acta.

  2. - En dicho acto, el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito contra a salud pública del artículo 368 del Código Penal, de que reputó autores a ambos acusados, con la circunstancia atenuante del artículo 21.2, y además la agravante de reincidencia, 8 del artículo 22, en Carlos José , y solicitó penas de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, y multa de mil euros, o apremio personal subsidiario de sesenta días, costas y comiso.

  3. - En el mismo trámite, la defensa interesó la libre absolución de sus patrocinados.

  1. HECHOS PROBADOS

El día 10 de enero de 2.003 Carlos José y Blanca .venían de la zona llamada del Pinar en Isla Cristina, conocida por ser lugar de consumo y tráfico de droga, hacia el vehículo que tenían estacionado. Fueron identificados por la Policía local, momento en que Blanca intentó arrojar al suelo dos bolsas que resultaron contener, una diecinueve envoltorios con un peso de 1'696 gramos mezcla de cocaína al 48'97% y heroína al 13'39%, y otra 1'303 gramos de cocaína con pureza de 83'82%. Llevaba Carlos José unas bolsas con cajas conteniendo dinero, un total de 880 euros, en...

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