SAP Asturias 273/2007, 10 de Diciembre de 2007

PonenteJAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
ECLIES:APO:2007:3114
Número de Recurso234/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución273/2007
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

OVIEDO

SENTENCIA: 00273/2007

Rollo: 0000234 /2007

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de AVILES

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000076 /2007

SENTENCIA Nº 273/07

ILMOS. SRS.

D. MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES

D. JAVIER DOMÍNGUEZ BEGEGA

Dª ANA ÁLVAREZ RODRÍGUEZ

====================================

En Oviedo, a diez de diciembre de dos mil siete.

Vistas, en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, las Diligencias de Juicio Oral procedentes del Juzgado de lo Penal de Avilés, con el nº 76/07, (Rollo de Apelación nº 234/07), sobre delito contra la seguridad del tráfico, contra Pedro Jesús, cuyas demás circunstancias personales constan en las Diligencias, representado en el recurso, en su calidad de apelante, por el Procurador/a Sr/a Sánchez Avello, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a García Pasarón, la entidad SEGUROS BILBAO S.A., representada en el recurso, en su calidad de apelada, por el Procurador/a Sr/a Álvarez Rotella, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a Fernández Suárez, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER DOMÍNGUEZ BEGEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal de Avilés se dictó sentencia en las referidas diligencias de fecha 24 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva dice:

FALLO: "Que debo condenar y condeno al acusado, Pedro Jesús, como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico ya definido, a la pena de multa de nueve meses con una cuota diaria de 6 euros (1.620 euros en total), y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por plazo de un año y seis meses, y al pago de las costas.

La multa impuesta se abonará al contado o en diez plazos mensuales consecutivos de 162 euros cada uno, incurriendo en caso de impago en una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación del condenado recurso de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y remitido el asunto a esta Audiencia y repartido a esta Sección Tercera, se registró con el Rollo de Apelación nº 234/07, pasando para resolver al Ponente que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada y, con ellos, la declaración de Hechos Probados.

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