AAP Madrid 38/2004, 16 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:452
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución38/2004
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

ROLLO DE APELACION Nº 13/04 RP

JUICIO ORAL Nº 422/03

JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 de Móstoles

S E N T E N C I A num 38/04

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION DECIMOSEXTA

ILMOS. SRES.:

D. MIGUEL HIDALGO ABIA

Dª CARMEN LAMELA DIAZ

D. RAMIRO VENTURA FACI

En Madrid a dieciséis de enero de dos mil cuatro.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado nº 12/03, en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Serafin contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 3 de Móstoles, de fecha veintitrés de octubre de dos mil tres, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente la Magistrado de la Sección, Ilma. Sra. Dª CARMEN LAMELA DIAZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 3 de Móstoles, en el procedimiento que, más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha veintitrés de octubre de dos mil tres cuyo relato fáctico es el siguiente: "Sobre las 4 horas del día 7 de octubre de 2003, el acusado Serafin, mayor de edad y sin antecedentes penales computables circulaba por la carretera M-413 (Fuenlabrada , N-IV ), dentro del termino municipal de Arroyomolinos, conduciendo el vehículo matricula ....-RVZ, haciéndolo con sus facultades psicofisicas fuertemente disminuidas por la ingesta de alcohol, lo que influía en su capacidad de conducir, por lo que circulaba en zig-zag y llegando a invadir el sentido contrario a su circulación.

Practicada la prueba de alcoholemia al acusado arrojo un resultado de o,74 miligramos de alcohol por litro de aire expirado la primera prueba y o, 98 la segunda"

Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Serafin, como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a las penas de tres meses multa, con una cuota diaria de 5 euros y con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y de privación de permiso de conducir vehículos de motor durante un año y seis meses, así como al abono de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma, por el Procurador D. Pedro Bernardo Prada Garrudo en representación de D. Serafin, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha quince de enero de dos mil cuatro, tuvo entrada en esta Sección Decimosexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y señalándose día para la deliberación y resolución del recurso, que tuvo lugar en el día fijado al efecto.

CUARTO

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.

  1. HECHOS PROBADOS

SE ACEPTA el apartado de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTAN los razonamientos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Se pretende con el presente recurso la revocación de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Móstoles, por haber incurrido el juez de instancia a juicio del recurrente en un error en la apreciación de la prueba, al no influir la...

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