SAP Cádiz 35/2005, 15 de Marzo de 2005

PonenteMANUEL DE LA HERA OCA
ECLIES:APCA:2005:221
Número de Recurso11/2005
Número de Resolución35/2005
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

D. MANUEL DE LA HERA OCADª. MARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZD. FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA

Audiencia Provincial de Cádiz

Rollo 11/2005

Sección Segunda

Apelación contra Sentencia

de los Juzgados de lo Penal

...

S E N T E N C I A nº 35/05

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

Don Manuel de la Hera Oca

MAGISTRADOS

Doña Margarita Alvarez Osorio Benítez

Don Fernando Rodríguez de Sanabria Mesa

JUZGADO DE LO PENAL DE CÁDIZ 2

PROCESOABREVIADO Nº 267/2004

ROLLO DE SALA NUMERO &11/2005

En Cádiz a quince de Marzo de dos mil cinco.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Srs. del margen, ha visto el Rollo de Apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada y sostenida por el Procurador Don Alfonso Guillén Guillén en nombre de Don Inocencio y defendido por la Abogada Doña Ana Carrasco Martínez contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Cádiz Número Dos recaída en el proceso abreviado número 267/2004 de los suyos. Compareció y fue parte como apelado el MINISTERIO FISCAL. Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Manuel de la Hera Oca, conforme al turno establecido.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Procurador Don Alfonso Guillén Guillén en nombre de Don Inocencio se formuló recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de lo Penal de Cádiz Número Dos, dictada en el Proceso Abreviado 267/2004, siendo impugnado el recurso por las demás partes y recibiéndose las actuaciones en la Audiencia Provincial. Tal Sentencia, contenía el siguiente Fallo:

Que debo condenar y condeno a Inocencio como autor de un delito Contra la Seguridad del Tráfico a pena de cinco meses y quince días multa con cuota diaria de tres euros, arresto de 82 días en caso de impago, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y seis meses y costas.

SEGUNDO

La sala ha conocido de la Apelación sin necesidad de vista, no interesada por ninguna de las partes.

Se aceptan los de la sentencia de instancia, fiel reflejo de la prueba practicada, y que son del siguiente tenor:

"Que el día 29 de Abril de 2.004, sobre las 11,15 horas, circulaba por la carretera A-391, dentro del término municipal de Alcalá de los Gazules, la furgoneta matrícula 0353-CFS, conducida por Inocencio , quien debido al estado de intoxicación etílica en que se hallaba perdió momentáneamente el control de su vehículo, razón por la que agentes de la Guardia Civil le requirieron para la práctica del test de alcoholemia que arrojó un resultado de 0,84 y 0,85 mg. de alcohol por litro de...

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