SAP Cantabria 2034/2006, 13 de Marzo de 2006

PonenteJAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERA
ECLIES:APS:2006:409
Número de Recurso41/2006
Número de Resolución2034/2006
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

JAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERAMARIA RIVAS DIAZ DE ANTOÑANAESTEBAN CAMPELO IGLESIAS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02034/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NUM.41/2006

Sección Primera

S E N T E N C I A NUM. 34/06

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Doña Maria Rivas Diaz de Antoñana.

Don Esteban Campelo Iglesias

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En la Ciudad de Santander, a trece de Marzo de dos mil seis.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 424 de 2004 del Juzgado de lo Penal núm. Uno de Santander, Rollo de Sala 41 de 2006, seguida por delito de simulación de delito contra Miguel Ángel y Melisa, representados por el procurador Sr. Mateo Pérez y defendidos por el letrado don José Luis Corral González.

Ha sido parte apelante en éste recurso los acusados.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. don Javier de la Hoz de la Escalera.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia, y

PRIMERO

En la causa de que éste Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha 18 de Octubre de 2005 Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente: " Los acusados Miguel Ángel y Melisa, ambos mayores de edad y sin antecedentes penales realizaron los siguientes hechos: Sobre las 00:00 horas del día 29 de agosto de 2003, el acusado Miguel Ángel, a bordo del vehículo Citroën Xantia VO-....-OX propiedad de su esposa Melisa, se encontraba practicando caza furtiva con un foco reflectante en el paraje conocido como "Arroyo Pesebre" del Parque Natural Saja-Besaya, matando un ciervo. Al ser sorprendido por una patrulla de la Guardia Civil se dio a la fuga a gran velocidad dejando abandonado el coche poco después en la zona llamada "Pernal de Ocejos", término municipal de Los Tojos, perfectamente cerrado y sin intentos de forzamiento siendo encontrado poco después por la Guardia Civil. A fin de eludir la responsabilidad en el procedimiento anterior, sobre las 11:00 horas del día 29, Melisa denunció que en hora no determinada de la noche anterior, el referido vehículo les había sido sustraído por persona desconocida en la puerta del domicilio donde pernoctaba sito en la C/ DIRECCION000, núm NUM000 de ALfoz de Lloredo, al haberlo dejado abierto, acompañándola a presentar dicha denuncia su marido Miguel Ángel. El día 30 de agosto, los dos acusados fueron oídos en calidad de testigos en el puesto de la Guardia Civil de Reinosa, sobre le robo del vehículo, manifestando ambos que Miguel Ángel no había salido de casa la noche del 28 al 29 de agosto y que el coche les había sido sustraído por personas desconocidas, siendo reconocido Miguel Ángel por un Agente de la Guardia Civil del puesto de Reinosa cuando el día 31 del mismo mes sobre las 16:50 horas se personaron en el mismo para hacerles entrega de la documentación del vehículo y como el conductor del vehículo VO-....-OX que se dio a la fuga dos días antes después de realizar la caza furtiva. La denuncia por la sustracción del vehículo dio lugar al atestado de la Guardia Civil de Reinosa núm 141/03 y a las diligencias previas núm. 1145/03 del Juzgado de Instrucción núm 2 de Torrelavega, sobreseídas el 3 de septiembre de 2003. FALLO: Debo CONDENAR Y CONDENO a los acusados Miguel Ángel Y Melisa como autores de un delito de simulación de delito ya definido y sin la concurrencia de circunstancias a la pena de multa de ocho meses con cuota diaria de siete euros (Total 1680 euros a cada uno de ellos), con responsabilidad personal subsidiaria de un dia por cada dos cuotas no satisfechas y a las costas. Firme que sea esta resolución, dedúzcase testimonio de la misma o de la que en su caso pudiera dictarse revocándola, y remítase a la Subdelegación del Gobierno de León en relación con lo interesado por la misma al folio 41 de la causa."

SEGUNDO

Por los acusados, con la representación y defensa aludidas, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, admitido a trámite por providencia del Juzgado de 1 de Diciembre pasado; una vez dado traslado del recurso al Ministerio Fiscal, que lo impugnó, se elevó la causa a ésta Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, en la que tuvo entrada el día 6 de los corrientes, y tras su examen se ha deliberado y Fallado el recurso en el día de la fecha.

Se aceptan los de la Sentencia de Instancia, ya reproducidos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1.- Los condenados se alzan contra la sentencia...

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