SAP Zaragoza 107/2008, 7 de Marzo de 2008
Ponente | ANTONIO ELOY LOPEZ MILLAN |
ECLI | ES:APZ:2008:277 |
Número de Recurso | 42/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 107/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00107/2008
SENTENCIA NÚM. 107/2008
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ILMOS. SEÑORES
PRESIDENTE
D. JULIO ARENERE BAYO
MAGISTRADOS
D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ
D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN
D. FCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI
En Zaragoza, a siete de marzo de dos mil ocho.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Juicio Rápido núm. 444/07, procedentes del Juzgado de lo Penal número 6 de Zaragoza, Rollo núm. 42/08, seguidas por delito de amenazas en el ámbito familiar, contra Luis Miguel, con D.N.I. nº NUM000, nacido el 16/04/1956, hijo de Manuel y de María Soledad, natural de Azaila (Teruel), domiciliado en URBANIZACIÓN000 ", parcela nº NUM001, Garrapinillos, de solvencia no acreditada, sin antecedentes penales y privado de libertad por esta causa del día 13 al 14 de diciembre de 2007; representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Carmen Maestro Zaldivar y defendido por el Letrado Sergio Inglán Agustín. Siendo parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y como acusación particular Dª Marcelina, representada por el Procurador D. Raúl Jiménez Alfaro y defendida por la letrada Dª Mª Carmen Sanz Laguna, y Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN, quien expresa el parecer del Tribunal.
En los citados autos recayó sentencia con fecha 26/12/07, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Luis Miguel, como autor de UN DELITO ATENUADO DE AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIAR, concurriendo una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, la ATENUANTE ANALÓGICA DE INTOXICACIÓN ETÍLICA, a las siguientes penas:
-
/.- Como penas principales, la privativa de libertad, la de CUATRO MESES DE PRISIÓN, y como pena accesoria legal, la de INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA y la privativa de derechos, en concreto la de PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS DURANTE UN AÑO.
Y 2º/.- Como penas accesorias, las medidas de PROHIBICIÓN DE APROXIMACIÓN A NO MENOS DE MIL METROS Y COMUNICACIÓN POR CUALQUIER MEDIO POR TIEMPO MÁXIMO DE TRES AÑOS CON SU EXCOMPAÑERA SENTIMENTAL, DOÑA Marcelina, ratificando el Auto que ya lo acordaba cautelarmente hasta la firmeza de esta sentencia, con abono en su caso del tiempo cumplido de modo preventivo.
Igualmente, a los efectos oportunos, procédase de forma inmediata a remitir testimonio de particulares de esta sentencia al Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de los de Zaragoza, en relación con las Diligencias Urgentes de Juicio Rápido núm. 527/2007, con indicación expresa de si la misma es o no firme.
Asimismo, debo condenar y condeno al primero, igualmente, a abonar las costas procesales, como responsable criminal de las infracciones imputadas, incluídas las de la Acusación Particular...."
La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "A fecha del mes de diciembre de 2007, Luis Miguel, mayor de edad y sin antecedentes penales, mantenía una relación sentimental con doña Marcelina desde hacía tiempo en el barrio zaragozano de Garrapinillos, conviviendo habitualmente en la vivienda familiar ubicada en la parcela núm. NUM001 de la URBANIZACIÓN000 ".
Así, como quiera que él tuviera problemas debido a la ingesta abusiva de bebidas alcohólicas que le provocara un fuerte carácter agresivo, ella, también sumida en una depresión y bajo dirección médica tomara barbitúricos tales como "ORFIDAL", por esa época decidieron romper con esa relación.
De esta manera, en hora no bien determinada pero en la madrugada del 12 de diciembre de 2007, en el transcurso de una acalorada discusión, el Sr. Luis Miguel, lejos de admitir y acatar la decisión adoptada de común acuerdo, tomando uno de los cuchillos que guardara de su colección, blandiéndolo a la vista de la misma, con afán de causarle zozobra, con ademán de emplearlo contra su cuerpo, le profirió frases tales como que "...te cortaré las manos y la cabeza", si bien luego depuso ese belicoso proceder.
Esa actuación desplegada por Luis...
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