SAP Baleares 77/2008, 21 de Abril de 2008
Ponente | CRISTINA DIAZ SASTRE |
ECLI | ES:APIB:2008:231 |
Número de Recurso | 258/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 77/2008 |
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA
Sección Primera
Rollo: 258/07
Órgano Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE PALMA DE MALLORCA
Proc. Origen: PA Nº 235/07
SENTENCIA Nº 77/ 08
ILMOS SRES MAGISTRADOS
Dª MARGARITA BELTRAN MAIRATA
D. CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ
Dª CRISTINA DÍAZ SASTRE
En PALMA DE MALLORCA a veintiuno de Abril de dos mil ocho.
La AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA, Sección Primera, compuesta por la Ilma. Sra. Presidente Dª MARGARITA BELTRAN MAIRATA y los Ilmos. Sres. Magistrados D. CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ y Dª CRISTINA DÍAZ SASTRE, ha entendido en la causa registrada como Rollo nº 258/07, en trámite de APELACIÓN contra la Sentencia nº 327/07 de fecha 10 de octubre de 2.007, seguida ante el Juzgado de lo Penal nº 6 de Palma de Mallorca, en base a los siguientes:
En la causa registrada ante el mencionado Juzgado y con la fecha indicada, recayó Sentencia cuya parte dispositiva dice: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Miguel como autor responsable de un delito de abandono de familia previsto y penado en el artículo 227 del Código Penal, con la concurrencia de la agravante de reincidencia a la pena de QUINCE MESES MULTA con una cuota diaria de cinco euros. Se condena al anterior al pago de las costas procesales incluidas las de la acusación particular".
Contra la meritada sentencia se interpuso recurso de apelación por: Miguel, actuando como Procurador en su representación D. Antonio Colóm Ferrá, con asistencia Letrada de Dª María Dolores Lozano; siendo parte apelada: el Ministerio Fiscal y la representación procesal de Dª Francisca Vera González.
Producida la admisión del recurso por entenderse interpuesto en tiempo y forma, se confirió el oportuno traslado del mismo a las restantes partes que fue utilizado para su impugnación por el Ministerio Fiscal.
Remitidas, y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Primera, señalándose para la deliberación, quedando la causa pendiente de resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrado Ponente S.Sª. Ilma. Dª CRISTINA DÍAZ SASTRE.
Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala, procede declarar y declaramos como hechos probados los recogidos en la sentencia recurrida que se aceptan y dan por reproducidos.
Disconforme con la sentencia de primer grado, que le condena como autor de un delito de abandono de familia por impago de pensiones del art. 227 CP, la representación procesal de Miguel, interpone recurso de apelación con la pretensión de que dicha sentencia sea revocada y sustituida por otra absolutoria, alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia e inaplicación del artículo 21.5 del Código Penal de forma subsidiaria, al considerar que no se ha practicado prueba de cargo suficiente para enervar su derecho consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española habida cuenta de que estamos ante un simple retraso en el pago de la pensión por alimentos que, en modo alguno, pueden justificar una condena penal al quedar debidamente probado y así se recoge en el "factum" de la recurrida que el día 3 de febrero de 2.006, fecha en la que era desconocedor de que se había interpuesto querella en su contra, pues cuando tuvo posibilidad económica abonó las deudas acumuladas por dicho concepto de forma voluntaria, no concurriendo por tanto el elemento intencional que exige el tipo.
El Ministerio Fiscal y la acusación particular interesan la desestimación del...
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