SAP Barcelona 398/2007, 25 de Mayo de 2007

PonenteJESUS NAVARRO MORALES
ECLIES:APB:2007:8950
Número de Recurso36/2007
Número de Resolución398/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN OCTAVA

BARCELONA

Rollo nº 36/07-R

Procedimiento Abreviado nº 402/07

Juzgado de lo Penal nº 19 de los de Barcelona

SENTENCIA Nº

Ilmos. Sres.

D. Jesús María Barrientos Pacho

D. Carlos Mir Puig

D. Jesús Navarro Morales

En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de Mayo del año dos mil siete.

VISTO ante esta Sección, el Rollo de apelación nº. 36/07-R formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº. 19 de los de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 402/07 de los de dicho órgano Jurisdiccional, seguido por un delito de HURTO; siendo parte apelante la acusada Camila, apelado el Ministerio Fiscal y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Navarro Morales, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento y con fecha 9 de febrero del corriente año 2.007 se dictó Sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se dice: " FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Camila como autora penalmente responsable de un delito de hurto en grado de tentativa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 3 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, todo ello con expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la acusada Camila en cuyo escrito, tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes, interesó la revocación de la sentencia recurrida en los términos que son de ver en su escrito.

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de las partes personadas para que en el término legal formularan alegaciones que tuvieren por conveniente a sus respectivos derechos, formulando expresa oposición al recurso el MINISTERIO FISCAL a medio de escrito de fecha 26 de Febrero último. Una vez evacuado el trámite, se elevaron las actuaciones a ésta Sala para la resolución del mentado recurso, teniendo entrada la mismas en fecha 13 de Marzo retropróximo.

CUARTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección y sin celebrarse vista pública al no solicitarse ni estimarse necesaria, quedaron los mismos para Sentencia.

ÚNICO-. Se acepta en su...

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