SAP Murcia 18/2007, 21 de Febrero de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:359
Número de Recurso8/2007
Número de Resolución18/2007
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00018/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MURCIA. SECCIÓN CUARTA

APELACIÓN PENAL. ROLLO Nº. 8/07

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

&nbs p;

S E N T E N C I A Nº 18

En la ciudad de Murcia, a veintiuno de febrero de dos mil siete.

&nbs p;

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el Expediente de Reforma procedente del Juzgado de Menores de Murcia y seguido ante el mismo con el nº 537/05, -rollo nº 8/07-, por delito de robo con violencia respecto del menor Emilio, nacido el 23-12-1988, hijo de José Miguel y de María José, asistido de sus representantes legales y del Letrado Sr. Peña Roldán; siendo parte en esta alzada como apelante el Letrado Sr. Peña Roldán, en representación del menor y como apelado el Ministerio Fiscal, actuando como ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, quien expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

El Juzgado de Menores de Murcia dictó sentencia el 13-12-2006 en el Expediente de Reforma nº 537/05, declarando probados los siguientes hechos:

&nbs p;

ÚNICO.- Son hechos probados que sobre las 00'20 horas del día 22 de septiembre de 2005, el menor Emilio, nacido el 23 de diciembre de 1988, junto con otra persona no identificada, cuando iban montados en un ciclomotor tipo scooter, abordaron a Aurora que caminaba por la Avenida de Los Pinos de Murcia, acercándose a ella por la espalda, agarrándola fuertemente del bolso que llevaba colgado en uno de sus hombros y tiraron del mismo con intención de arrebatárselo, consecuencia de lo cual, Aurora cayo al suelo y fue arrastrada durante algunos metros, causándole lesiones en distintas partes del cuerpo consistentes en erosiones en el dorso de la espalda, ambos costados y erosiones múltiples según el parte de urgencias de la clínica Virgen de La Vega, sin lograr finalmente el propósito de arrebatárselo, huyendo en dirección al Centro Comercial Carrefour Zaraiche.

&nbs p;

Segundo

Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:

&nbs p;

"Que debo imponer e impongo al menor Emilio, como autor criminalmente responsable de un delito de robo con violencia, ya definido, la medida consistente en ocho meses de internamiento en centro de régimen abierto, de los que los últimos dos meses serían de libertad vigilada".

Tercero

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el joven Emilio, fundamentándolo en síntesis en inconveniencia de la medida impuesta.

&nbs p;

Cuarto

Admitido el recurso en ambos efectos, y tras la oportuna tramitación, en la que se opuso al recurso el Ministerio...

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