SAP Salamanca 33/2000, 25 de Enero de 2000

PonenteILDEFONSO GARCIA DEL POZO
ECLIES:APSA:2000:52
Número de Recurso780/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución33/2000
Fecha de Resolución25 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 33/00

Ilmo. Sr. Presidente

DON FERNANDO NIETO NAFRIA

Ilmos. Sres. Magistrados

DON FERNANDO ANAYA PEREZ

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

En la ciudad de Salamanca a veinticinco de enero de dos mil.

Vistos en grado de apelación por la Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio de Menor Cuantía Núm 517/96, Rollo de apelación núm 780/99, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia número 8 de Salamanca , entre partes de la una como demandante-apelado DON Emilio , representados por el Procurador Don Rafael Cuevas Castaño bajo la dirección del Letrado Don Jesús Castaño Nieto. Y como demandado-apelante: CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO, bajo la dirección del Abogado del Estado. Habienfo versado sobre: existencia de camino y derecho de paso

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Salamanca con fecha 5 de octubre de 1999 dictó sentencia , en los autos de referencia, que contiene el siguiente FALLO. Que estimando la demanda deducida por la representación procesal de la parte actora D. Emilio contra CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO, debo declarar y declaro la existencia real del camino denominado de Macadán, antes (le Romana a Derrengada, descrito en los fundamentos de derecho, así como el derecho de paso por el actor condenando a la susodicha demandada a que retire los obstáculos que impiden el libre acceso del actor por referida camino, absteniéndose de realizar actos impeditivos de tal derecho de paso. Las costas deberán ser abonadas por la parte demandada.

Segundo

Recurrida en apelación por la parte demandada y dado el trámite legal al recurso se señaló para el acto de la vista el día 19 de enero actual, compareciendo las partes solicitándose por la apelante la revocación de la resolución recurrida, con costas para la demandada; y por la apelada se solicita su confirmación, con imposición de las costas a la apelante.

Tercero

Observadas las formalidades de Ley.

VISTOS, siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por el Sr. Abogado del Estado, que actúa en representación de la Confederación Hidrográfica del Duero, se recurre en apelación la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número8 de esta ciudad con fecha 5 de octubre de 1.999 , la cual estimó la demanda contra ella promovida por el demandante Don Emilio y, en consecuencia, declaró la existencia real del camino denominado de Macadán, antes de Romana a Derrengada, así como el derecho de paso del actor, condenando a dicha entidad demandada a retirar los obstáculos que impiden el libre acceso del mismo por el referido camino así como a abstenerse de realizar actos impeditivos de tal derecho; y se interesa en esta alzada por dicha entidad recurrente la revocación de la mencionada sentencia y que se dicte otra desestimatoria de las pretensiones de tal demanda, alegando, en definitiva, un doble motivo, como es, de un lado, la no necesidad de acto administrativo de desafectación de un bien de dominio público, al ser ello consustancial a la declaración de utilidad pública que motiva la expropiación, y, de otro, que como consecuencia de la construcción de una nueva carretera a través de la coronación de la presa del embalse...

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