SAP Almería 214/2007, 4 de Julio de 2007

PonenteTARSILA MARTINEZ RUIZ
ECLIES:APAL:2007:460
Número de Recurso7/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución214/2007
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 214/07

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE.

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

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JUZGADO: Instrucción nº 2 Almería

D. PREVIAS: 5623/2006

P.ABREV : 213/06

ROLLO SALA: 7/07

En la ciudad de Almería, a 4 de julio de dos mil siete.

Vista en Juicio Oral y Público por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Almería, seguida por DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES, contra los acusados Narciso, nacido en Argelia, el 11 de julio de 1983, hijo de Jalloul y de Faiza, sin domicilio conocido, provisto de NIE NUM000, y Jesús María, nacido igualmente en Argelia, el 4 de septiembre de 1979, hijo de Morad y de Fátima, con NIE NUM001, ambos acusados sin antecedentes penales, cuya solvencia o insolvencia no consta, en PRISIÓN PROVISIONAL por esta causa desde el 17 de noviembre de 2006 hasta el día de la fecha, situación en la que continuarán, representados por la Procuradora Dª. María del Mar Meléndez Peralta y defendidos por la Letrada Dª. Francisca Rosario Medrán Cabrera.

Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL.

Ha sido PONENTE la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa fue incoada en virtud de Atestado de la Policía Nacional. Practicada la correspondiente investigación judicial, dio el Juzgado traslado al Ministerio Fiscal, que solicitó la apertura de Juicio Oral y formuló acusación contra los anteriormente circunstanciados. Abierto el Juicio Oral, se dio traslado a la Defensa, que presentó su escrito de calificación provisional, tras lo cual el Juzgado elevó las actuaciones a esta Audiencia para su enjuiciamiento.

SEGUNDO

Turnadas y recibidas las actuaciones en esta Sección, se señaló fecha para juicio, acto que tuvo lugar el día 27 de junio de 2007, en forma oral y pública, con asistencia del Ministerio Fiscal, de los acusados y de su Defensa; dándose cumplimiento a todas las formalidades legales.

TERCERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros del art. 318 bis, números 1 y 3 del Código Penal, y reputando responsables del mismo en concepto de autores a los referidos acusados, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó se les impusiera, a cada uno de ellos, la pena de 7 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

CUARTO

La Defensa de los acusados, en sus conclusiones también definitivas, solicitó la libre absolución de sus patrocinados.

"En la tarde del día 15 de noviembre de 2006, en aguas jurisdiccionales españolas, fue socorrida por la patrullera Venecia 8 de la Guardia Civil una embarcación neumática ocupada por 15 individuos extranjeros que tenía como destino su entrada ilegal en territorio español, siendo recogidos los inmigrantes ilegales y trasladados hasta el puerto de Almería donde fueron puestos a disposición de la autoridad judicial.

La embarcación en la que viajaban los inmigrantes había salido el día de antes desde el puerto de Plage de Bou-Zadjar, en las costas de Argelia, y era patroneada o dirigida por el acusado Narciso -mayor de edad y sin antecedentes penales-, con quien colaboraba en la guía de dicha embarcación el también acusado Jesús María -también mayor de edad y sin antecedentes penales- teniendo ambos como misión el traslado de los trece ocupantes restantes desde aquel país hasta el nuestro, con la finalidad de procurarles su entrada ilegal en España, para lo cual los citados acusados habían cobrado a cada uno de dichos ocupantes...

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