SAP Madrid 319/2005, 1 de Junio de 2005

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2005:6496
Número de Recurso725/2004
Número de Resolución319/2005
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

D. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCODª. MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZD. PEDRO POZUELO PEREZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00319/2005

Rollo: RECURSO DE APELACION 725 /2004

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 5 /2004

Órgano Procedencia: JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 6 de MOSTOLES

PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

APELANTE: Felipe

PROCURADOR: PALOMA IZQUIERDO LABRADA

APELADO: Claudia

PROCURADOR: MERCEDES MARIN IRIBARREN

En MADRID, a uno de junio de dos mil cinco.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Móstoles, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado DON Felipe representado por la Procuradora Sra. Izquierdo Labrada y de otra, como apelada demandante DOÑA Claudia representada por la Procuradora Sra. Marín Iribarren, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Móstoles, en fecha 30 de julio de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por DÑA. Claudia, representada por el Procurador Sr. Jiménez Andosilla, frente a D. Felipe, representado por el Procurador Sr. García Barrenechea, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 2.710,12 euros más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, con expresa imposición de costas al demandado".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 31 de mayo de 2005.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante en el escrito fundamentador de su recurso de apelación, impugna en primer lugar la sentencia de instancia en cuanto que la misma no acogió la excepción de inadecuación de procedimiento, debemos recordar que el procedimiento se inicia por demanda de Doña Claudia que se presenta y formula por los trámites del juicio verbal, siendo el Juzgado en resolución de 12 de enero de 2004 quien ordena el cambio de procedimiento y la tramitación por las normas del juicio ordinario, al respecto hemos de decir que la cuestión plantea ciertas dudas, ya que de un lado el artículo 250.2 señala que la tramitación por el juicio verbal de las demandas cuya...

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