SAP Teruel 61/2008, 10 de Abril de 2008
Ponente | MARIA TERESA RIVERA BLASCO |
ECLI | ES:APTE:2008:67 |
Número de Recurso | 12/2008 |
Número de Resolución | 61/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 61
Ilmos. Señores:
PRESIDENTE:
D. Fermín Hernández Gironella
MAGISTRADOS:
Doña María Teresa Rivera Blasco
Doña María de los Desamparados Cerdá Miralles
En la ciudad de Teruel, a diez de abril de dos mil ocho.
Esta Audiencia Provincial, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen, ha examinado el recurso
de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 24 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2
de Alcañiz en Juicio verbal nº 198/2007, promovido por DON Carlos Jesús y DOÑA Elvira contra DON Ángel Jesús, sobre desahucio en precario.
Siendo parte apelante en esta alzada don Ángel Jesús, representado por la Procuradora doña Ana Rodríguez Vela
y dirigido por el Letrado don Francisco Villarroya Pérez; y como apelados don Carlos Jesús y doñaElvira, representados por la Procuradora doña Soledad Espallargas Balduz y por la Procuradora doña Pilar Cortel
Vicente y dirigidos por la Letrada doña Begoña Cerezo Merino. Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer de la
Sala, siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Teresa Rivera Blasco, sobre la base de los siguientes:
El fallo de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "Que ESTIMANDO la demanda formulada por la Procuradora Sra. Espallargas Balduz, en nombre y representación de don Carlos Jesús y doña Elvira, contra Ángel Jesús: 1 - Declaro HABER LUGAR AL DESAHUCIO del demandado de la vivienda sita en Calle La Muela núm. 36 de Urrea de Gaén (Teruel). 2 - CONDENO al demandado al desalojo de la vivienda referida, con apercibimiento de lanzamiento que tendrá lugar el día que se señale, si lo solicita la parte actora en la forma legalmente establecida. 3 - Todo ello con imposición de costas al demandado".
Notificada dicha resolución, contra la misma interpuso recurso de apelación la Procuradora doña Ana Rodríguez Vela en representación de don Ángel Jesús, solicitando una sentencia que estime íntegramente este recurso y se deje sin efecto la resolución apelada con expresa imposición de costas de este procedimiento a la parte apelada.
La Procuradora doña Soledad Espallargas Balduz, en representación de don Carlos Jesús y doña Elvira, impugnó el recurso formulado e interesó la confirmación de la sentencia apelada.
Remitidos los autos a esta Audiencia formó el rollo correspondiente y se designó Ponente, dictándose la presente resolución tras la deliberación del Tribunal que fue señalada para el día ocho del presente mes de abril.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Formulada por los actores don Carlos Jesús y doña Elvira demanda de juicio verbal de desahucio por precario respecto de la finca de su propiedad sita en la calle La Muela núm. 36 de la localidad turolense de Urrea de Gaén se opuso al mismo el demandado don Ángel Jesús alegando poseer parte de dicho inmueble, en concreto dos habitaciones de la planta baja y la cocina-comedor (esta última estancia compartida con los actores), no en calidad de mero precarista, sino en virtud de un contrato de comodato que dice se concertó entre los dos hermanos por el cual Carlos Jesús le cedió parte de la casa mientras viviera permitiéndole hacer obras en la misma para poder realizar los desplazamientos en silla de ruedas. La sentencia de instancia, tras argumentar que el demandado no ha acreditado que se pactara tiempo para la duración del uso de la vivienda concluye que resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 1.750 del Código Civil con arreglo al cual "si no se pactó la...
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