SAP Valencia 278/2008, 13 de Mayo de 2008

PonenteMARIA FE ORTEGA MIFSUD
ECLIES:APV:2008:1900
Número de Recurso111/2008/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución278/2008
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

278/2008

Rollo 111/08

SENTENCIA Nº_278

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

D. EUGENIO SANCHEZ ALCARAZ

Magistradas

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

Dª CARMEN BRINES TARRASO

En la ciudad de VALENCIA, a trece de mayo de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra. Dª. Mª FE ORTEGA MIFSUD, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago), promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de TORRENTE, con el nº

000766/2006, por D. Jesús Luis, Dª Eugenia, Y Dª Cesar contra D. Lucio, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Lucio.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 4 de TORRENTE, en fecha 11 de Junio de 2007, contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando totalmente la demanda formulada por la Procuradora Sr. Vazquez navarro, en nombre y represetación de Jesús Luis, Eugenia y Cesar, frente a Dª Marta, declarada en Rebeldía procesal y a Lucio, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la vivienda sita en C/ DIRECCION000 nº NUM000 NUM001, de Aldaia; condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración, y a entregar a la parte actora las llaves y posesión del inmueble ocupado en precario, bajo apercibimiento de que en caso de no verificarlo voluntariamente dentro del plazo legal se procederá a su lanzamiento; y todo ello con expresa imposición en costas a la parte demandada".

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por D.Lucio, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 9 de Abril de 2008.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dº Jesús Luis, Dª Eugenia y Dª Cesar como coherederos de la herencia yacente de Dº Alejandro, presentaron demanda de juicio verbal de desahucio por precario contra Dª Marta y Dº Lucio y con fundamento en que los demandantes son propietarios de la vivienda sita en Aldaya, calle Doctor DIRECCION000 NUM000 Bajo, por herencia de su padre. Que la demandada Marta madre del otro demandado era arrendataria de la vivienda, sin embargo con efecto desde el día 1 de Marzo de 2005, la demandada y los arrendatarios dieron por resuelta la relación arrendaticia ya que por la avanzada edad de la arrendataria se fue a vivir con sus hijas, resolución que quedo documentada el día 9 de Febrero de 2005, no obstante se concedió a Marta el plazo hasta el 1 de Junio de 2005 para la retirada de enseres, entrega de llaves y posesión del inmueble. Marta no ha cumplido con su obligación de entrega de llaves y en la actualidad su hijo ha tomado posesión de la vivienda, careciendo ambos demandados de titulo que justifique la posesión.En el acto de la Vista Marta no compareció en forma y fue declarada en rebeldía y su hijo se opuso a la demanda alegando la excepción de inadecuación de procedimiento por cuestión compleja, excepción que fue desestimada y en cuanto al fondo alego que no existe precario, sino un arrendamiento desde el año 1966 en situación de prorroga forzosa cuyo derecho es irrenunciable y por tanto el documento de resolución carece de valor y es nulo por haber sido firmado con engaño y además existe una falta de legitimación activa del demandante para firmar el documento porque dice que actúa en nombre de sus hermanas pero su firma no está y además no era parte por que la herencia todavía no había sido aceptada. La sentencia de instancia estimo la demanda y contra dicha resolución formula recurso de apelación Lucio.

SEGUNDO

El recurso de apelación del codemandado Lucio,se funda en los mismos motivos alegados para oponerse a la demanda, reproduciendo la excepción de inadecuación de procedimiento y bajo dicha denominación la existencia de contrato de arrendamiento y falta...

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