SAP Madrid 59/2007, 7 de Febrero de 2007
Ponente | JOAQUIN NAVARRO ESTEVAN |
ECLI | ES:APM:2007:2560 |
Número de Recurso | 351/2006 |
Número de Resolución | 59/2007 |
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00059/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7018550 /2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 351 /2006
Autos: DESAHUCIO 465 /2005
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de MAJADAHONDA
De: Everardo
Procurador: ALICIA GARCIA RODRIGUEZ
Contra: LUYMECO, S.L.
Procurador: PEDRO GONZALEZ SANCHEZ
PONENTE: ILMO. SR. D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN
D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
Dª ANA MARÍA OLALLA CAMARERO
En MADRID, a siete de febrero de dos mil siete.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 465/05, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como demandado- apelante Everardo, representado por la Procuradora Dª Alicia García Rodríguez y defendido por Letrado, y de otra como demandante- apelada LUYMECO, S.L., representada por el Procurador D. Pedro A. González Sánchez y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de juicio verbal desahucio.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda, en fecha 17 de enero de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"SE ESTIMA LA DEMANDA presentada a instancia de LUYMECO,S.L., representada por la procuradora Sra. García Pomar, contra D. Everardo, representado por el procurador Sr. Muñoz Nieto y DECLARO haber lugar al DESAHUCIO POR PRECARIO del cuarto trastero nº 8-13, situado en la planta sótano de residencia La Estrella, en Las Rozas, CONDENANDO al demandado a que lo ponga a disposición del actora, siendo apercibido de desalojo en el caso que no lo haga voluntariamente e incluso proceder al Lanzamiento del mismo. Todo ello con imposición del pago de las costas causadas.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 15 de diciembre de 2006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 29 de Enero de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas...
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