SAP Alicante 125/2007, 29 de Marzo de 2007

PonenteMARIA VISITACION PEREZ SERRA
ECLIES:APA:2007:32
Número de Recurso566/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución125/2007
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

A.P. de Alicante (5ª.) Rollo 566-B/06

SENTENCIA NÚM. 125

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Ubeda Mulero

Magistrado: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante, a veintinueve de Marzo de dos mil siete.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio Verbal seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Alcoy, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Carlos María, D. Benedicto Y D. Lucio, representada en la primera instancia por el Procurador Sr. Penadés Martínez y dirigida por el Letrado D. Juan Pedro García Reche, y como apelada Dª. Estíbaliz, por medio de su tutor D. Ángel Jesús, representada en la primera instancia por el Procurador Sr. Palmer Peidró con la dirección del Letrado D. Juan José Tortajada Alfonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Alcoy en los referidos autos, tramitados con el núm. 204/06, se dictó sentencia con fecha 13 de Septiembre de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "ESTIMO la demanda de desahucio por falta de pago interpuesta por el Procurador Sr. Palmer Peidró en nombre y representación de Dña. Estíbaliz por medio de su tutor D. Ángel Jesús debiendo declarar y declarando haber lugar al desahucio de D. Carlos María, D. Benedicto y D. Lucio, condenándoles a desalojar el inmueble sito en Cocentaina en la calle DIRECCION000 número NUM000, dejándolo vacuo y expedito a disposición de la actora bajo apercibimiento que de no hacerlo así, serán lanzados de él".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se preparó recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma, formalizándose en el plazo previsto. Fue admitido, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al mismo, y previo emplazamiento a las partes se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 566-B/06, tramitándose el recurso en forma legal y en el que se señaló para la deliberación y votación el día 28 de Marzo de 2007, en el que tuvo lugar al no considerarse necesaria la celebración de vista por este Tribunal.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Visitación Pérez Serra.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para una mejor comprensión de las cuestiones que suscita la parte apelante, debe tenerse presente la situación fáctica que subyace en el inicio de estos autos en los que se ejercitó la acción de desahucio por precario.

La vivienda objeto del mismo es propiedad de la actora, y se encuentra en la segunda planta del mismo edificio donde esta y su marido habitan.

Dicha vivienda había venido siendo ocupada por el matrimonio que formaron el demandado y la hija, ya fallecida de la actora, así como los hijos de ambos.

Como la actora fue declarada incapacitada por sentencia de 11 de Julio de 2005, actúa en este procedimiento representada por su otro hijo, nombrado tutor en esa misma resolución, y que cuenta con autorización del Juzgado correspondiente para entablar esta demanda.

Como fundamento de la misma se alegaban tanto la necesidad económica de la propietaria de disponer de la vivienda, al precisar de asistencia continúa, como el deterioro de las relaciones con su yerno, que originó incluso actuaciones penales en las que este fue condenado como autor de una falta de injurias, cometida el 20 de Septiembre de 2004, habiéndose cruzado otras denuncias entre suegro y yerno en fechas posteriores

SEGUNDO

La primera alegación del recurso de apelación interpuesto por el demandado, viene dedicada a reproducir las excepciones que ya opuso...

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