SAP Barcelona 299/2005, 13 de Mayo de 2005

PonenteJUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
ECLIES:APB:2005:4951
Número de Recurso457/2004
Número de Resolución299/2005
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANTD. ISABEL CARRIEDO MOMPINDª. MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUED. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN TRECE

ROLLO Nº 457/2004-C

VERBAL Nº 382/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE VILANOVA I LA GELTRU

S E N T E N C I A N ú m. 299

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOAN CREMADES MORANT

D./Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN

D./Dª. MARIA ANGELS GOMIS MASQUE

D./Dª. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a trece de Mayo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 382/03, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Vilanova i la Geltrú, a instancia de PATRILOT, S.L., contra D/Dª. Gabriel; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de Marzo de 2.004, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO íntegrament la demanda que ha interposat l'entitat PATRILOT, S.L. representada en judici per la procuradora dels tribunals Begoña Calaf López contra Gabriel, representats en judici pel procurador dels tribunals Alberto López-Jurado, en conseqüència: DECLARO que Gabriel ocupa sense títol ni cap dret, i sense pagar renda ni cap mercè per aixó, l'habitatge del carrer DIRECCION000 núm. NUM000 de Sitges. CONDEMNO al demandat a què abandoni i deixi lliure i vàcua la finca situada al carrer DIRECCION000 núm. NUM000 de Sitges, a disposició de l'actora, dins del termini legal, amb advertiment de llançar-lo, en cas de no verificar-ho. CONDEMNO el demandant a pagar les costes causades en aquest judici."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 26 de Abril de 2.005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. JOAN CREMADES MORANT, Presidente de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se insta el desahucio por precario, al amparo del art. 250.1.2º LEC respecto de la vivienda sita en la C/ DIRECCION000, NUM000 de Sitges, propiedad de la entidad actora PATRILOT SL, frente al ocupante de la misma, sin título ni pago de merced, habiendo precedido requerimientos de desalojo; a dicha pretensión se opuso el demandado, en base a la existencia de un contrato de arrendamiento a favor de su hermano, produciéndose una novación subjetiva a su favor.

La sentencia de instancia estima la demanda y frente a dicha resolución se alza el demandado en base a la realidad del contrato de arrendamiento "indefinido" válido y eficaz, a la convivencia familiar desde el inicio en la vivienda, sin que la actora haya acreditado la inexistencia del título de ocupación, ni los motivos de la alegada liberalidad en la ocupación durante tan largo período (frente a la presunción de onerosidad), considerando acreditada la novación a su favor, conocida y consentida por la actora (lo que infiere del interrogatorio del LR de ésta en relación con la testifical a su instancia).

SEGUNDO

Una nueva y definitiva revisión de la prueba efectivamente practicada en las actuaciones ofrece como resultado una serie de hechos básicos en los cuales se hallan contestes las partes o se consideran suficientemente acreditados: 1)La...

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