SAP Sevilla 361/2004, 29 de Julio de 2004

ECLIES:APSE:2004:3161
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución361/2004
Fecha de Resolución29 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInstancia nº 2 de Alcala de Guadaira (Sevilla)

ROLLO DE APELACIÓN 6948/03-C

JUICIO Nº 64/03

SENTENCIA NÚM.

361

PRESIDENTE ILTMO. SR.

DON MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA.

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS

DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO

DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ

En la Ciudad de Sevilla a veintinueve de Julio de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre VERBAL procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de DOÑA Amparo que en el recurso es parte APELANTE , contra DOÑA Estíbaliz que en el recurso es parte APELANTE y contra DON Lucio que en el recurso es parte APELADA y contra DON Rogelio ( Fallecido) .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 31 de Julio de 2003 que expresa literalmente en su parte dispositiva: " 1º) ESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda formulada por la Procuradora ra. Cubero Huertas, en nombre y representación de DOÑA Amparo contra DOÑA Estíbaliz y DON Lucio , y en consecuencia condenar a estos al desalojo de la vivienda sita en Molino Pared Alta.

  1. ) En cuanto a las COSTAS PROCESALES serán abonada por la parte demandada".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedaron las actuaciones vistas para dictar sentencia .

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO , quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se reproducen en el escrito de interposición de recurso las cuestiones ya planteadas en la primera instancia de inadecuación de procedimiento estimando que la relación que vinculaba a los demandados excede del concepto de precario que mantiene la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil y la falta de legitimación activa de la actora por cuanto que la finca que ocupan los demandados no se corresponde con la adquirida por la actora.

SEGUNDO

Tras el examen y valoración de lo actuado durante la primera instancia, así como de lo alegado por las representaciones procesales de las partes en sus escritos de interposición e impugnación del recurso, no puede la Sala sino compartir el criterio del juzgador de primera instancia estimando plenamente acreditados la legitimación activa de la demandante , con la documental aportada con la demanda consistente en la escritura pública de compraventa y su inscripción en el Registro de la Propiedad y con independencia de los problemas de cabida de la finca ha de estimarse plenamente acreditado que la vivienda que ocupan los demandados esta incluida en la finca adquirida por la actora y así se deduce fundamentalmente de la declaración del testigo Sr. Jesús Ángel quien manifestó que la vivienda que se denomina Molino Pared alta, la había adquirido al Sr. Victor Manuel y la transmitió a la actora conociendo la existencia de personas que ocupaban la vivienda sin pago de renta o merced alguna.

TERCERO

Como se declara en la sentencia de esta Sala de 15 de...

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