SAP Asturias 90/2005, 6 de Mayo de 2005

PonenteJAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
ECLIES:APO:2005:1343
Número de Recurso94/2005
Número de Resolución90/2005
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª

D. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

OVIEDO

SENTENCIA: 00090/2005

Rollo nº: 0000094 /2005

Órgano Procedencia: JDO. 1ª INST. E INSTRUCCION Nº 2 DE SIERO

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS Nº 338/2004

SENTENCIA Nº 90/05

En Oviedo a seis de mayo de dos mil cinco.

Vistos por mi, D. JAVIER DOMÍNGUEZ BEGEGA, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, actuando como órgano unipersonal y en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 338/04, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Siero y que dieron lugar al Rollo de Apelación nº 94/05, entre partes, como apelante Ramón y como apelada Begoña , siendo parte el Ministerio Fiscal y de acuerdo con los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Siero se dictó Sentencia en los referidos autos, de fecha 18 de febrero de 2005, cuya parte dispositiva dice:

FALLO:

"Que debo condenar y condeno a Ramón , como autor de una falta DE INCUMPLIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS del artículo 618.2 del CP a la multa de 10 días en cuota diaria de 10 euros por cada una, dando un total de 100 euros para cada una que en caso de impago o insolvencia dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de 15 días de privación de libertad que se efectuará en el centro penitenciario que corresponda".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por el expresado recurrente con base en los motivos que se expresan en el escrito de impugnación presentado y elevadas las actuaciones a esta Sala, después de cumplidos los preceptivos trámites, pasaron al Magistrado designado para resolver.

TERCERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y no se acepta su relato de Hechos Probados, que se sustituye por el siguiente: Con fecha 17 de noviembre de 2004, Begoña , denunció a Ramón porque el día anterior no le entregó los hijos comunes para cumplir el régimen de visitas que le correspondía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.

PRIMERO

El recurso de apelación que se interpone contra la Sentencia de instancia debe ser estimado en cuanto denuncia vulneración del constitucional principio de presunción de inocencia y del pro reo. Siendo un elemento estructural básico del tipo que incorpora el art.618.2 del Código Penal la deliberación...

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