SAP Ávila 149/2006, 13 de Julio de 2006

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
ECLIES:APAV:2006:212
Número de Recurso112/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución149/2006
Fecha de Resolución13 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00149/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

AVILA

ROLLO Nº 112/06

APELACIÓN JUICIO FALTAS Nº 86/06

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE AVILA

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Este Tribunal unipersonal compuesto por el Magistrado de esta Audiencia, Iltmo. D. JESUS GARCIA GARCIA, ha pronunciado en

NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA NÚMERO 149/06

En la ciudad de Ávila, a 13 de julio de 2006.

Vistos en grado de apelación los autos de Juicio de Faltas nº 112/06 procedentes del Juzgado de Instrucción nº 4 de Ávila, siendo parte apelante Dña. Lidia y parte apelada D. Luis Pedro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22-5-06, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Ávila dictó sentencia declarando probados los siguientes hechos: "Unico.- El día 29 de abril de 2005 se dictó por el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Málaga, en autos de ejecución forzosa Procedimiento de Familia nº 895/2004, Providencia cuyo tenor literal, a los efectos que aquí interesan, es el siguiente: "Teniéndose por hechas las manifestaciones en él contenidas, requiérase a la parte ejecutada Dña. Lidia, a través de su representación procesal, del cumplimiento del régimen de visitas acordado en sentencia de la que trae su causa esta ejecución; y en concreto para el próximo día 12 de mayo del presente, acuda al punto de Encuentro Familiar de Ávila a fin de proceder a entregar a su hijo menor y poder materializarse la visita en con el padre de aquel..."; Providencia que fue notificada a las partes el día 4 de mayo de 2005.

Contra la misma se interpuso Recurso de Reposición por la representación procesal de Dña. Lidia, que fue resuelto por auto de 2 de junio de 2005, notificado a las partes el día 7 del mismo mes y año y, cuya parte dispositiva, a los efectos que aquí interesan, es del tenor literal siguiente: "Estimar el recurso de reposición interpuesto por el Procurador... frente a la providencia de fecha 29 de abril de 2005, dictada en la presente ejecutoria, fijando como lugar de entregas y recogidas del menor el Punto de Encuentro Familiar de Vitoria... dejando sin efecto el servicio del Punto de Encuentro Familiar de Ávila."

Conforme al régimen de visitas establecido por sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Málaga en fecha 4 de junio de 2004, en autos de Juicio de Divorcio nº 233/03, y al calendario establecido en su ejecutoria, correspondía a Luis Pedro tener en su compañía a su hijo menor el día 4 de junio de 2005, y a tal efecto se personó en el Punto de Encuentro Familiar de Ávila, sin que compareciesen ni el niño ni su madre."

Y cuyo fallo dice lo siguiente: "Condeno a Lidia como autora de una falta de incumplimiento de obligaciones familiares del artículo 618.2º del Código Penal a la pena de 15 días de trabajos en beneficio de la comunidad así como al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la expresada Sentencia interpuso recurso de apelación Lidia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales.

UNICO.- SE ACEPTAN en su integridad los recogidos de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

NO SE ACEPTAN los recogidos en la sentencia recurrida, pues los hechos declarados probados no pueden ser tipificados como constitutivos de una falta de incumplimiento de obligaciones familiares establecidas en resolución judicial, en caso de divorcio, prevista y...

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