SAP Madrid 274/2006, 10 de Octubre de 2006
Ponente | ADORACION MARIA RIERA OCARIZ |
ECLI | ES:APM:2006:12423 |
Número de Recurso | 268/2006 |
Número de Resolución | 274/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
ADORACION MARIA RIERA OCARIZ
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN: 268 /2006
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 1 de MOSTOLES
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 222 /2006
SENTENCIA Nº 274/06
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ILMA. SRA. MAGISTRADA:
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MARIA RIERA OCARIZ
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En MADRID, a 10 de octubre de 2006.
Vista en grado de apelación por la Ilma. A. MARIA RIERA OCARIZ Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 268/2006 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCIÓN N. 1 de MOSTOLES en el JUICIO DE FALTAS nº 222/2006, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante/s Raquel y en concepto de apelado EL MINISTERIO FISCAL.
Habiéndose procedido a la incoación de Juicio de Faltas, por FALTA DE DESOBEDIENCIA A AUTORIDAD, por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 1 de MOSTOLES se dictó sentencia con fecha 21 de Marzo de 2006 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Raquel como autora de una falta del art. 634 del Código Penal, a la pena de multa de sesenta días, con una cuota diaria de seis euros (total, 360 euros), y al abono de las costas causadas en el presente procedimiento. "
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Raquel y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.
El presente recurso contiene dos motivos, siendo el segundo de ellos el que debe ser resuelto en primer lugar, por una pura cuestión de orden lógico. Este motivo se refiere a la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia de la apelante, condenada como autora de una falta de ofensas a agentes de la autoridad del art.634 del CP.
Sin embargo, en el desarrollo del motivo no se aprecia de qué manera ha tenido lugar la vulneración del derecho reconocido en el...
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