AAP Madrid 758/2003, 10 de Noviembre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:12354 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 758/2003 |
Fecha de Resolución | 10 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION DECIMOSEXTA
Rollo 341/03
P.A. 264/03
Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid
SENTENCIA Nº758/03
ILMOS.SRES.MAGISTRADOS DE LA SECCIÖN 16ª
D.Ramiro Ventura Faci.
Dª Carmen Lamela Díaz.
Dª.Matilde Gurrera Roig
En Madrid a diez de noviembre de dos mil tres.
Visto por esta Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid la apelación de la causa nº 264/03 procedente del Juzgado de lo penal nº 25 de Madrid, seguida por delito de desobediencia, siendo apelante Diego representado por la Procuradora Dª Paloma Rubio Peláez, contra la sentencia dictada
Por el referido Juzgado con fecha 14 de julio de 2003.
Por el juzgado penal nº 25 de Madrid en el procedimiento que más arriba se indica, se dictó sentencia de fecha 14 de julio de 2003, cuya parte dispositiva establece: "Que debo condenar y condeno a Diego , como responsable en concepto de AUTOR de un delito de desobediencia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y al pago de las costas procesales".
Notificada a las partes la resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de Diego , alegando vulneración del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, infracción de ley por indebida aplicación del artº 556 del Código Penal, error en la apreciación de la prueba y correlativa vulneración del derecho a la presunción de inocencia.
Recibidas las actuaciones en esta Sección 16ª, se formó el oportuno rollo de Sala designando Magistrado Ponente a Dª Matilde Gurrera Roig.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan como tales los que se recogen el la sentencia apelada.
El apelante fundamenta su recurso argumentando que el Juez de instancia condenó al acusado sin motivar si el decreto de expulsión cumplía las formalidades legales que debe revestir, vulnerando por ello el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la presunción de inocencia del artº 24 de la Constitución.
Dicho motivo no puede ser estimado, pues si bien en la causa no hay testimonio de tal resolución, sino tan sólo una fotocopia, lo cierto es que resulta plenamente probado y se motiva en los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, que el acusado conocía perfectamente dicha orden de...
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