SAP Madrid 57/2006, 16 de Marzo de 2006

PonenteANA MARIA FERRER GARCIA
ECLIES:APM:2006:3345
Número de Recurso490/2005
Número de Resolución57/2006
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

ANA MARIA FERRER GARCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 7

Rollo : 490 /2005

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCIÓN N. 24 de MADRID

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 833 /2005

SENTENCIA nº 57/06

Ilma. Sra. Magistrada

Dña. Ana María Ferrer García

En MADRID, a dieciséis de marzo de dos mil seis.

La Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, Doña Ana María Ferrer García, actuando como Tribunal unipersonal de acuerdo con lo previsto en el artículo 82, párrafo 2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de Julio del Poder Judicial , ha visto en segunda instancia el presente juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 24 de Madrid, en virtud del recurso de apelación interpuesto por DOÑA Lina contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado el día 6-10-2005 , habiendo sido parte en el presente recurso el apelante citado y como apelado el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado antes citado en el juicio de faltas a que este rollo se refiere se dictó sentencia con fecha 6-10-2005 en la que se establecen como HECHOS PROBADOS que: "Que sobre las 17 horas del día 13 de mayo de 2005 y cuando Héctor compareció al domicilio de su exmujer Lina de la CALLE000 de esta villa recoger a sus hijos Laura de 7 años y Guillermo de 12 años en aplicación del régimen de visitas que a su favor tenía conferido ese día por sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº29 de Madrid, no pudo recoger a Guillermo, pese a que sabían todos que tenía que ir a una c comunión alegando Lina que el niño de 12 años no quería ir porque el padre había tirado su ropa y no tenía el niño ropa para ir a la comunión al día siguiente. No se ha producido que el día anterior, cuando le entregó a Laura arrancara Héctor el vehículo que conducía adrede para causar el desequilibrio de su exmujer y así lesionarla".

Su FALLO o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Lina como autora responsable de una desobediencia al régimen de custodia de sus hijos menores establecidos por la autoridad judicial a la pena de un mes multa con cuota diaria de 8 euros, lo que totaliza una multa de 240 euros con 15 días de privación de libertad para caso de impago al abono de las costas causadas. Que debo absolver y absuelvo a Héctor de la falta de que venía siendo denunciado".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia Provincial por dicho apelante.

Repartidas las actuaciones a ésta Sección Séptima se formó el rollo correspondiente con el número 57/06.

SE ACEPTAN íntegramente los hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso que nos ocupa cuestiona la resolución impugnada en una doble vertiente. De un lado, en cuanto al pronunciamiento de condena que ésta contiene en relación a Lina y de otro la absolución que acuerda respecto a Héctor.

En cuanto al primer extremo, no niega la apelante el incumplimiento por su parte de lo establecido en la sentencia de separación respecto al régimen de visitas, sin embargo sostiene que se trata de un primer incumplimiento, que actuó en interés del menor y que en su...

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