SAP Barcelona, 25 de Abril de 2002

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2002:4305
Número de Recurso524/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución25 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA Nº

Ilmos. Sres.

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

Dª. HELENA SELLART OLLEARIS

En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de Abril de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantia nº 123/3.999, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Barcelona, a instancia de FECSA- ENHER I, S.A. representada por el Procurador D. ANTONIO M§ DE ANZIZU FUREST y dirigida por el Letrado D. SANTIAGO GARCÍA CARRILLO, contra TRANSPORTES Y EXCAVACIONES IRANZO, S. A. y FIATC, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA representadas por el Procurador D. JOSÉ Mª. FERNÁNDEZ-ARAMBURU TORRES, y dirigidas por el Letrado D. ANTONIO FERNÁNDEZ BARDÓN, y contra FERROVIAL, S.A., representada por el Procurador D. FRANCESC RUIZ CASTEL y dirigida por el Letrado D. PEDRO FERNÁNDEZ MARTÍNEZ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de Febrero de 2.00, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por EMPRESA NACIONAL HIDROELÉCTRICA DEL RIBAGORZANA, S.A., (E.N.H.E.R.), representada en autor por el Procurador de los Tribunales Don Antonio María de Anzizu Furest, contra TRANSPORTES Y EXCAVACIONES IRANZO, S.A., en situación procesal de rebeldía, contra FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada en autos por el Procurador de los Tribunales Don José María Fernández-Aramburu Torres, y contra FERROVIAL, S.A., representada en autos por el Procurador de los Tribunales Don Francesc Ruiz Castell, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que pague solidariamente ala actora la cantidad de un millón cuatrocientas cuarenta mil seiscientas setenta pesetas (1.440.670.- ptas.), mas el interés legal de dicha cantidad desde la interpelación judicial. Y con expresa condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 18 de Abril de 2.002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por la resolución de primer grado se condena a la demandada TRANSPORTES Y EXCAVACIONES IRANZO, S.A. que el 9 de Diciembre de 1997 efectuara las obras de excavación del Paseo Valldaura frente al nº 190 de Barcelona, así como a su aseguradora FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA y también a FERROVIAL, S.A., la adjudicataria a que paguen a la actora EMPRESA NACIONAL HIDROELÉCTRICA DEL RIBAGORZANA la suma de 1.440,670 pesetas en concepto de gastos de reparación de los desperfectos ocasionados en la tubería del subsuelo de dicha calle. Frente a semejante pronunciamiento se alzan ambas demandadas.

TERCERO

Los supuestos que condicionan la responsabilidad extracontractual son: acción u omisión culposa o negligente, daño causado y...

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