SAP Ciudad Real 252/2005, 26 de Septiembre de 2005
Ponente | FULGENCIO VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA |
ECLI | ES:APCR:2005:637 |
Número de Recurso | 135/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 252/2005 |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª |
SENTENCIA nº: 252/2005
En CIUDAD REAL, a veintiseis de Septiembre de dos mil cinco.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 002 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000493 /2003, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de CIUDAD REAL , a los que ha correspondido el Rollo 0000135 /2005, en los que aparece como parte apelante Sebastián representado por el Procurador CONCEPCION LOZANO ADAME, y asistido por el Letrado JOSE L. GARCIA OTEO, y como apelado CAGIMAR S.L. representado por el Procurador JUAN VILLALON CABALLERO, y asistido por el Letrado RAMON CARRILLO DE ALBORNOZ, y siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DECASTRO PUERTA.
En los autos indicados la Ilma Sra. Juez Doña Mª Luisa Fernández León dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Villalón Caballero en nombre y representación de Cagimar S. L. frente a D. Sebastián , debo condenar y condeno al referido demandado a que abone al actor la cantidad de 9.271,04 €, más el interés legal y el abono de las costas procesales causadas".
Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada mediante el que solicitaba que se tuviera por preparado el recurso contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado por providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a la parte contraria, plazo en el que la representación de la parte actora presentó escrito de oposición al mismo, en base a los argumentos que señaló en el mismo.
Remitidos los autos con los escritos de recurso y oposición al mismo a esta Sala, una vez recibidos se acordó en incoar el presente rollo y designar Ponente, y admitir como prueba la propuesta consistente en informe emitido por la Consejería de Industria y Tecnología, rechazándose el resto de prueba, tras lo cuál se señaló para la votación y fallo el día 22de septiembre de 2.005.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
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