SAP León 159/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteRICARDO RODRIGUEZ LOPEZ
ECLIES:APLE:2007:597
Número de Recurso166/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución159/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00159/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

LEON

Sección 001

Domicilio : C/ EL CID, NÚM. 20

Telf : 987.23.31.35

Fax : 987.23.33.52

Modelo : SEN00

N.I.G.: 24089 37 1 2006 0100524

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000166 /2006 CIVIL

Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.5 de LEON

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000033 /2006

RECURRENTE : SERVIPLUS REFORMAS S.L.

Procurador/a : MARTA GUIJO TORAL

Letrado/a : BERNARDO LUIS GARCIA ANGULO

RECURRIDO/A : Mónica

Procurador/a :

Letrado/a :

S E N T E N C I A Nº 159/07

ILMOS. SRES.:

D. MANUEL GARCÍA PRADA.- PRESIDENTE

D. RICARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ.- MAGISTRADO

D. AGUSTÍN PRIETO MORERA.- MAGISTRADO SUPLENTE

En la ciudad de León a veintiocho de Mayo de dos mil siete.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de León el recurso de apelación arriba indicado en el que han sido partes de una como apelante SERVIPLÚS REFORMAS S.L representada por la Procuradora Guijo toral siendo Letrado Bernardo L. García Angulo; de otra como apelada Mónica, actuando como Ponente el ILMO. SR. D. RICARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22 de Febrero de 2006 se dictó por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de León Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO.- Estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña Mónica, contra la entidad mercantil Serviplus Reformas S.L., CONDENO a la demandada al abono de la cantidad de 1.254,88 Euros, intereses legales y pago de costas procesales de la primera instancia.

SEGUNDO

Contra la mencionada Sentencia se interpuso por la parte apelante recurso de apelación al que se opuso la parte apelada.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala de la Audiencia se les dio número de Rollo y seguidos los trámites legales se señaló día para deliberación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Motivos del recurso

En la Sentencia recurrida se afirma que no se acredita el pago alegado por la recurrente.

La recurrente atribuye a la factura que se le entregó carácter de documento justificativo del pago.

SEGUNDO

Este Tribunal de apelación no comparte lo expuesto en la sentencia recurrida al decir: "Y también la jurisprudencia ha entendido que, salvo evidente prueba en contrario, la posesión de la factura debidamente firmada acredita a quien la tiene como pagador". No se comparte porque no se cita sentencia alguna que así lo afirme, y porque en modo alguno una factura acredita el pago, ya que su razón de ser no es la de documentar un pago sino la de documentar la entrega o prestación de un servicio, y en modo alguno se puede equiparar a un título valor cuya tenencia por parte del deudor pueda equipararse al pago (caso de la letra de cambio, por ejemplo).

La factura documenta la operación de la que surge la obligación de pagar el precio, por lo que no sólo no acredita el pago sino que lo que acredita es la deuda en los términos en ella reflejados.

El Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y en su artículo 1 contempla la obligación de expedir y entregar factura u otros justificantes de su actividad empresarial. Por lo tanto, la obligación de expedir factura se produce por la sola ejecución de la operación contratada, tanto si es pagada como si no es pagada, porque sólo es una forma de documentarla.

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