SAP Baleares 412/2007, 9 de Octubre de 2007
Ponente | MIGUEL ANGEL AGUILO MONJO |
ECLI | ES:APIB:2007:1815 |
Número de Recurso | 1/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 412/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00412/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE PALMA DE MALLORCA
SECCIÓN IV
Rº. 1/07
SENTENCIA NUM. 412/07
ILMOS SRS.
PRESIDENTE:
D. Miguel A. Aguiló Monjo
MAGISTRADOS:
D. Miguel Alvaro Artola Fernández
Dª. Juana María Gelabert Ferragut
Palma de Mallorca, a 9 de Octubre de 2007
VISTOS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial, en grado apelación, los presentes autos
modificación de medidas definitivas, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 12 de Palma de
Mallorca, bajo el nº 127/2006, Rollo de Sala nº 1/2007, entre partes, de una como actora-apelante,
D. Rodrigo representada por el Procurador D. Antonio Ramón Roig, y de otra,
como demandada-apelada Dª. María Luisa representada por el Procurador de los Tribunales D.
Antonio Colom Ferrá, ambas asistidas ambas de sus respectivos letrados Dª. Cristina Cardona
Cardona y D. Rafael Serra de la Creu.
ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel A. Aguiló Monjo.
=ANTECEDENTES DE HECHO=
Por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia nº 12 de Palma de Mallorca en fecha 6 de julio de 2006, se dictó sentencia cuyo fallo dice: "Que desestimando la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. Ramón Roig, en nombre y representación de D. Rodrigo, contra Dª. María Luisa, quien ha litigado representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Colom Ferrá, debo absolver y absuelvo a la mencionada Dña. María Luisa de cuantas pretensiones se le deducían en este litigio, sin que en consecuencia de lo expuesto proceda modificar en modo alguno la sentencia dictada por este mismo Juzgado en fecha 8 de octubre de 2003, en virtud de la cual se declaraba disuelto por divorcio el matrimonio celebrado en su día por los hoy litigantes y se aprobaba el Convenio Regulador de fecha 1 de octubre de 2003.- Procede la expresa condena en costas del Sr. Rodrigo, actor en este procedimiento, al haber sido íntegramente desestimadas sus pretensiones.
Contra la anterior sentencia se preparó y formalizó recurso de apelación por la representación de la parte actora y seguido el recurso por sus trámites se presentó por la parte demandada escrito de oposición y se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, quedando conclusas para sentencia.
En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.
En el actual proceso de modificación de medidas complementarias adoptadas en sentencia de 8 de octubre de 2003, solicita el actor D. Rodrigo, la supresión o reducción de la pensión compensatoria en aquélla acordada a favor de la demandada Dª. María Luisa, por importe de 240 euros mensuales, toda vez que -a su entender- se han producido alteraciones sustanciales de las circunstancias personales y profesionales de ambas partes desde su adopción.
La sentencia de instancia, cual se adelantaba, resolvió desestimar íntegramente las pretensiones actoras y, contra la misma, por disentida, se interpuso el correspondiente recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante, todo lo cual motiva la presente alzada y decisión.
No hace falta recordar, pues la sentencia de instancia ya lo razona, en concordancia con innumerables precedentes judiciales, que la modificación de medidas interesada precisa que la situación existente al tiempo de ser acordadas, bien por consenso entre las partes o por decisión judicial, haya sufrido con posterioridad tales...
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