SAP Sevilla 250/2003, 15 de Mayo de 2003

ECLIES:APSE:2003:1792
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución250/2003
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

ROLLO: 1316/03R

PONENTE: JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

JUZGADO: SEVILLA 17

ASUNTO: OTROS

FALLO

REVOCATORIA

SENTENCIA NÚM. 250

ILTMOS. SRES.

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES.

DON MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS.

En Sevilla, a quince de mayo de dos mil tres.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio incidental n° 990/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 17 de Sevilla, promovidos por DON Hugo contra DOÑA Lucía ; sobre liquidación de sociedad de gananciales; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la sentencia en los mismos dictada en 24 de mayo de 2.002.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Julio Paneque Guerrero, en nombre y representación de DON Hugo contra DOÑA Lucía , representado por el Procurador D. Santiago Rodríguez Jiménez, debo declarar y declaro que integran el activo de la sociedad la Finca Urbana sita en Alcalá del Río (Sevilla), AVENIDA000 n° NUM000 (antes NUM001 ), piso NUM002 NUM003 ; la Finca Urbana y local sito en Alcalá del Rio (Sevilla), c/ DIRECCION000 n° NUM004 Finca rústica conocida por los Gamonales sita en el término municipal de Guillena (Sevilla); el mobiliario y enseres existentes en la vivienda sita en AVENIDA000 n° NUM000 , vehículo taxi, marca Ford modelo Orio diesel, matrícula JI-....-EX ; vehículo tractor, marca Ford, modelo 4000, matrícula QO-....-QO ; cantidad en metálico que asciende a 2.500.000 pesetas, subvenciones y ventas de las cosechas obtenidas de la explotación de la finca denominada Los Gamonales; no existiendo Pasivo; todo ello sin expresa condena en costas a parte alguna".

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha 8 de abril de 2.003, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 12 de mayo actual, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por la Juez a quo en relación a la formación de inventario entre las partes litigantes.

SEGUNDO

La parte demandante interpone recurso de apelación en base a tres motivos fundamentales: No se ha establecido el valor de las diferentes partidas que forman el inventario; no debe formar parte del activo ni las subvenciones y ventas de cosechas obtenidas en la explotación de la finca de los Gamoches y ni el metálico de 2.500.000 pesetas. La parte demandada, igualmente interpone recurso de apelación afirmando que debe incluirse en el activo la licencia municipal de taxi, que no debe formar parte del activo el mobiliario de la vivienda donde habita su patrocinada, y que debe incluirse en el pasivo la deuda que tiene su patrocinado...

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