SAP Madrid 21/2007, 26 de Enero de 2007

PonenteENRIQUE GARCIA GARCIA
ECLIES:APM:2007:830
Número de Recurso467/2006
Número de Resolución21/2007
Fecha de Resolución26 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28

MADRID

SENTENCIA: 00021/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 28ª

Rollo de apelación nº 467/2006

Materia: Sociedades. Disolución de sociedad.

Órgano judicial de origen: Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Alcobendas

Autos de origen: juicio ordinario nº 33/2004

Parte recurrente: D. Carlos Manuel

Parte recurrida: D. Salvador

SENTENCIA nº 21

En Madrid, a 25 de enero de 2007.

La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Enrique García García, D. Rafael Sarazá Jimena y D. Gregorio Plaza González, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 467/2006, los autos del procedimiento nº 33/2004, provenientes del Juzgado Primera Instancia nº 7 de Alcobendas, el cual fue promovido por D. Salvador contra VIVIENDAS PADILLA 14 SL, con la intervención de D. Carlos Manuel, siendo objeto del mismo el ejercicio de acciones para la disolución de una sociedad mercantil.

Han actuado en representación y defensa de las partes, el Procurador D. Luis Pozas Osset y el Letrado D.Mariano Aniceto Arche por D. Carlos Manuel y el Procurador D. Alberto Hidalgo Martínez por D. Salvador.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 2º de enero de 2004 por la representación de D. Salvador contra VIVIENDAS PADILLA 14 SL, en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, suplicaba que de se decretara la disolución de la mencionada sociedad con la apertura del proceso de liquidación, solicitando que no fuesen liquidadores los administradores actuales. Asimismo interesaba que se llamara al proceso, dándole la oportunidad de intervenir en él, al otro socio, al 50%, de la misma, D. Carlos Manuel.

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por sus trámites correspondientes el Juzgado Primera Instancia nº 7 de Alcobendas dictó sentencia, con fecha 2 de marzo de 2006, cuyo fallo era el siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María Luisa Martín-Sonseca, en representación de D. Salvador contra VIVIENDAS PADILLA 14 SL debo decretar y decreto la disolución de la sociedad VIVIENDAS PADILLA 14 SL, con el correspondiente cese de los administradores actuales.

Líbrese el correspondiente mandamiento al Registro Mercantil de Madrid, a fin de que proceda a tomar nota de diciha disolución den la hoja registral de la sociedad.

Procédase a la apertura del período de liquidación de la sociedad, nombrando al efecto Liquidador a D. Gaspar, que será debidamente citado para aceptar el cargo.

Se imponen las costas del procedimiento a D. Carlos Manuel ".

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de D. Carlos Manuel se interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma, con oposición al mismo por parte de D. Salvador, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase. La deliberación y votación para el fallo del asunto se realizó con fecha 25 de enero de 2007.

Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique García García

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Ambas partes han coincidido a lo largo de este litigio en la procedencia de declarar la disolución de la entidad mercantil VIVIENDAS PADILLA 14 SL, de la que D. Carlos Manuel y D. Salvador son socios al 50%. Por lo que no es objeto de discusión que la...

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