SAP Lugo 560/2008, 27 de Junio de 2008

PonenteJOSE LUIS QUIROGA DE LA FUENTE
ECLIES:APLU:2008:499
Número de Recurso486/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución560/2008
Fecha de Resolución27 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 560

ILMOS/AS. SRES/AS.:

PRESIDENTE:

D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSE LUIS QUIROGA DE LA FUENTE (magistrado de refuerzo)

Lugo, veintisiete de junio de dos mil ocho.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º 486/2.008, dimanante de Divorcio

Contencioso nº 259/2.007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilalba sobre divorcio; siendo apelante el

demandado D. Juan Luis , representado/a por el/la procurador/a Sra. Eire Vázquez y asistido/a del letrado/a

Sr. Rifón Dorado y apelado/a la demandante Doña. Raquel , representado/a en primera instancia por el

procurador/a Sra. López Fernández y asistido/a del letrado Sr. Bermúdez de Castro; actuando como ponente el Magistrado,

Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS QUIROGA DE LA FUENTE.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 26 de diciembre de 2.007, el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilalba, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: I. Estimar parcialmente la demanda interpuesta por Dª Raquel contra D. Juan Luis , declarando la disolución del matrimonio celebrado entre ambos por divorcio, sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes. II. Decretar las siguientes medidas: 1º.- Atribución de a guarda y custodia de Rosendo a la madre y la de Miguel al padre, ostentando ambos progenitores el ejercicio ordinario de la patria potestad, que será compartida, habiendo de obtener el consentimiento del otro progenitor para las decisiones de importancia extraordinaria que hayan de adoptarse, salvo que no fuera posible consultarse, y sin perjuicio de aquello que legalmente se establece para los supuestos de desacuerdo de los progenitores. 2º.- Atribución a la madre del siguiente régimen de visitas: a) La madre podrá tener consigo a su hijo Miguel los fines de semana alternos, dando inicio a los mismos el viernes a la salida del colegio y finalizando el domingo a las 20 horas. Caso de que el viernes o el lunes del fin de semana correspondiente fuesen festivos, también podrá disfrutar del mismo la madre, desde la víspera del primer festivo hasta las 20 horas del último. B) Las vacaciones de navidad, semana santa, verano y carnavales se distribuirán por mitad entre ambos progenitores, con la prevención de que las primeras mitades de los referidos períodos vacacionales corresponderá la compañía del niño al padre en los años impares y a la madre en los pares. Atribución al padre del siguiente régimen de visitas: a) El padre podrá tener consigo a su hijo Rosendo los fines de semana alternos, dando inicio a los mismos el viernes a la salida del colegio y finalizando el domingo a las 20 horas. Caso de que el viernes o el lunes del fin de semana correspondiente fuesen festivos, también podrá disfrutar de ellos la madre, desde la víspera del primer festivo hasta las 20 horas del último. B) Las vacaciones de navidad, semana santa, verano y carnavales se distribuirán por mitad entre ambos progenitores, con la prevención de que las primeras mitades de los referidos períodos vacacionales corresponderá la compañía del niño al padre en los años impares y a la...

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