SAP Barcelona 236/2008, 3 de Abril de 2008
Ponente | JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON |
ECLI | ES:APB:2008:3844 |
Número de Recurso | 1072/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 236/2008 |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DOCE
ROLLO Nº 1072/2007 - B
PROCESO ESPECIAL CONTENCIOSO DIVORCIO Nº 970/2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GRANOLLERS
S E N T E N C I A N ú m. 236/08
Ilmos. Sres.
D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN
Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO
Dª. Mª DEL MAR ALONSO MARTÍNEZ
En la ciudad de Barcelona, a tres de abril de dos mil ocho
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Proceso Especial Contencioso Divorcio nº 970/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Granollers, a instancia de Dª. Leonor incomparecida en esta alzada, contra D. Carlos Jesús representado por la Procuradora Dª. Ana Mª. Gómez-Lanzas Calvo y dirigido por el Letrado D. Ignacio Serrano Sánchez; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de Mayo de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado, habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, CON ESTIMACIÓN PARCIAL DE LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Verónica Trullás Paulet, en nombre y representación de DOÑA Leonor, y dirigida contra DON Carlos Jesús, DEBO DECLARAR Y DECLARO disuelto por divorcio el matrimonio de los cónyuges, al amparo del Artículo 86 del Código Civil con todos los efectos inherentes a dicha declaración. En cuanto a las medidas reguladoras de la crisis familiar, debo establecer las siguientes: 1ª Que el hijo menor de edad Cristian quede bajo la guarda y custodia de su madre DOÑA Leonor, compartiendo ambos progenitores la patria potestad. 2ª No se establece régimen de visitas. 3ª. No se realiza atribución del uso y disfrute del domicilio familiar. 4ª Se fija una pensión de alimentos a favor del hijo menor de edad Cristian de 100 Euros mensuales a ingresar dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes en la cuenta corriente NUM000 de la entidad La Caixa, debiendo ser actualizada anualmente conforme al índice de precios al consumo que señale el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya a nivel estatal y para el año inmediatamente anterior a la actualización, aplicándose la revalorización la renta actualizada. Y todo ello sin hacer pronunciamiento expreso de las costas".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 26 de Marzo de 2008.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección, D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN.
SE ACEPTAN los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, y;
La sentencia definitiva del...
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