SAP Córdoba 87/2007, 19 de Abril de 2007
Ponente | ANTONIO PUEBLA POVEDANO |
ECLI | ES:AP:2007:533 |
Número de Recurso | 64/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 87/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 87 /07 AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA
SECCIÓN SEGUNDA
PRESIDENTE
D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO
MAGISTRADOS
D. JOSE MARIA MORILLO VELARDE PÉREZ
DON JOSE ALFREDO CABALLERO GEA
APELACIÓN CIVIL
ROLLO Nº 64/07
AUTOS Nº 235/06
JUICIO SEPARACION
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE LUCENA En Córdoba a diecinueve de Abril de dos mil siete. Vistos por esta Sala los autos de juicio separación nº 235/06 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Lucena entre DOÑA Regina , representado por el procurador/a Sr. Muñoz Jiménez y asistido del letrado Sr. Jesús López de Ahumada Beato contra DON Mauricio representado por el procurador/a Sr. F.J. Córdoba Aguilera y asistido del letrado Sr. José R. Flores Martinez pendientes ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en estos autos. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON ANTONIO PUEBLA POVEDANO , quien expresa el parecer de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Seguido el juicio en todos sus trámites se dictó sentencia por el Magistrado-Juez, cuyaparte dispositiva dice: " Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales Sra. Muñoz , decreto el divorcio de los cónyuges Doña Regina y Don Mauricio , representado por el procurador de los Tribunales Sr. Córdoba , con todas sus consecuencias legales acordando como efectos del mismo:
Se atribuye el uso y disfrute de la vivienda familiar, sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 , NUM001 de Lucena, a Doña Regina . Los gastos , tasas e impuestos serán a cargo de la Sra. Regina .
El crédito hipotecario que grava la vivienda familiar será satisfecho entre ambas partes por mitad. Se fija en concepto de pensión compensatoria la cantidad de 20.000 Euros a abonar en un solo pago y por una sola por el Sr. Mauricio a favor de la Sra. Regina .
No procede especial imposición de costas."
Contra dicha resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por D. Mauricio siendo parte apelada Doña Regina y, recibidos los autos en esta Audiencia, se les dio el trámite establecido en la ley, estándose en el caso de dictar sentencia; personandose en tiempo y forma los Procuradores Sra. Madrid Luque y Sra. Villalonga Marzal como parte apelante y apelada respectivamente.
En la tramitación de ambas instancias, se han observado las prescripciones legales.
Son dos los extremos a que se contrae la presente apelación. De un lado, la atribución de la vivienda familiar, y de otro, la viabilidad de la pensión compensatoria.
En orden al primer extremo, el criterio para la asignación de la...
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