SAP Cádiz 216/2007, 30 de Abril de 2007
Ponente | ROSA MARIA FERNANDEZ NUÑEZ |
ECLI | ES:APCA:2007:503 |
Número de Recurso | 152/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 216/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ
Sección Quinta
S E N T E N C I A nº 216/2007
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE:
Carlos Ercilla Labarta
MAGISTRADOS:
Angel Sanabria Parejo
Rosa Fernández Núñez
Rollo de Apelación nº 152/07
Juzgado de Primera Instancia nº Ocho
Algeciras
Procedimiento Civil nº 434/05
En Cádiz, a treinta de abril de 2007.
Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de divorcio, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia referenciado, cuyo recurso fue planteado por DO_A Antonia, siendo parte recurrida DON Rosendo y el MINISTERIO FISCAL.
Por el Juzgado de Primera Instancia Nº Ocho de los de Algeciras se dictó sentencia con fecha 6 de junio de 2006 cuya parte dispositiva dice:
,Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Jose Ramón, en representación acreditada de D_. Antonia y contra D. Rosendo, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraido entre los referidos esposos, con todas las consecuencias legales inherentes a la referida declaración, acordando las medidas que se mencionan en el Fundamento Jurídico 2_ de esta resolución, que se da aquí íntegramente por reproducidos en aras de la economía procesal. No se hace especial imposición de las costas causadas".
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por DO_A Antonia y admitido que fue en ambos efectos, y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Y formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Ha sido ponente la Magistrada Rosa Fernández Núñez, que expresa el parecer del Tribunal.
Se discute únicamente la pensión alimenticia establecida a cargo de DON Rosendo con destino a la hija habida de su matrimonio con DO_A Antonia, Paloma, nacida el 2 de diciembre de 1997, pues fijada la deuda en 250,00 euros al mes, con la anuencia del progenitor obligado, insiste -por contra- la Sra. Antonia en su revisión, para mantener el se_alamiento efectuado en los autos de separación, a razón de 270,45 euros al mes (45.000,00 pesetas).
Así fijados los términos del debate, entendemos que el recurso debe prosperar.
Ciertamente, en el pleito de separación seguido ante el Juzgado de Primera...
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