SAP Madrid 257/2004, 30 de Abril de 2004

PonenteCARMEN NEIRA VAZQUEZ
ECLIES:APM:2004:6197
Número de Recurso923/2003
Número de Resolución257/2004
Fecha de Resolución30 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

D. EDUARDO HIJAS FERNANDEZD. ELADIO GALAN CACERESDª. CARMEN NEIRA VAZQUEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

SENTENCIA: 00257/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

C/ SANTIAGO DE COMPOSTELA, 96

Tfno.: 913978913-4 Fax:

N.I.G. 28000 1 7011272 /2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 923 /2003

Proc. Origen: FAMILIA. DIVORCIO CONTENCIOSO 387 /2002

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PARLA

De: Jose Pablo

Procurador: ASUNCION SALDAÑA REDONDO

Contra: Trinidad

Procurador: MARIA DOLORES ORTEGA AGUDELO

SENTENCIA Nº

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez

En Madrid, a 30 de Abril de dos mil cuatro.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de divorcio seguidos, bajo el nº 387/02, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Parla, entre partes:

De una, como apelante- demandante, Don Jose Pablo, representado por la Procuradora Doña Asunción Saldaña Redondo.

De la otra, como apelada- demandada, Doña Trinidad, representada por la Procuradora Doña Dolores Ortega Agudelo .

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 13 de Junio de 2003 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Parla se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Con estimacion parcial de la demanda presentada por el Procurador D. ALEJANDRO PINILLA MARTIN en nombre y representación de D. Jose Pablo contra DÑA. Trinidad, se declara el divorcio de los expresados, manteniendo las medidas acordadas en la sentencia de separación de fecha 31 de Enero de 1991, todo ello sin especial pronunciamiento en costas

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de CINCO DIAS a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

TERCERO

Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de Don Jose Pablo y previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose el recurso por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La dirección letrada de la parte apelante interesando la revocación de la resolución recurrida pide se declare en relación con el abono de la pensión compensatoria se reduzca a la cantidad de 240 euros mensuales y alega que la resolución del Juzgador de instancia no ha tenido en cuenta una serie de circunstancias en cuanto a la situación personal, económica, social y familiar de los litigantes, significando la variación de circunstancias, por el despido del Sr. Triviño y comparando los ingresos en diversos años, al tiempo que señala la indemnización que considera privativa e indica el cobro de la prestación por desempleo por lo que concluye que existe tal desequilibrio económico en perjuicio del esposo, no considerándose equitativo el mantenimiento indefinido de la pensión compensatoria en la cantidad de 850 euros mensuales, cantidad, muy superior, se dice, a la que percibe el apelante, por todo lo cual se argumenta, procede la reducción.

Por su parte, Doña Trinidad pide la confirmación de la sentencia y alega que el Sr. Jose Pablo a pesar de haber sido despedido de la empresa SEGA, S. A. SONIC no tuvo quebranto patrimonial significativo, pues amén de cobrar mientras ha estado en situación de desempleo la prestación correspondiente, recibió...

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