SAP Madrid 1255/2007, 25 de Octubre de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
ECLIES:APM:2007:16115
Número de Recurso683/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1255/2007
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 01255/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 683/07

Autos nº: 78/06

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Majadahonda

P. Apelante: D. Paulino

Procurador: Dª. MARIA IBAÑEZ GOMEZ

P. Apelada: Dª. Julieta

Procurador: Dª. ROCIO SAMPERE MENESES

Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

S E N T E N C I A Nº 1255

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª Rosario Hernández Hernández

En Madrid a veinticinco de octubre de dos mil siete

Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos sobre divorcio nº 78/06; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Majadahonda; y seguidos entre partes; de una, como apelante, D. Paulino, representado por la Procuradora Dª. MARIA IBAÑEZ GOMEZ; y de otra, como parte apelada, Dª. Julieta, representada por la Procuradora Dª. ROCIO SAMPERE MENESES; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 21 de septiembre de 2006, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Majadahonda, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo declarar y declaro la disolución por divorcio del vínculo matrimonial existente entre Julieta y Paulino así como las siguientes medidas:

Se atribuye a Julieta la guarda y custodia sobre la hija menor habida en el matrimonio, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.

Se establece a favor del padre el régimen de visitas descrito en el fundamento de derecho segundo de la presente sentencia.

Se atribuye a la actora el uso y disfrute del que fuera último domicilio conyugal sito en Majadahonda.

Se fija una pensión de alimentos que se pagará por el padre de 350 euros al mes, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que la actora designe al efecto, y se incrementará dicha pensión cada uno de enero de función de la variación que tenga el IPC, sin necesidad de previo requerimiento.

Se acuerda que los gastos extraordinarios de la menor serán pagados por mitad por los dos progenitores, con las condiciones expresadas en el fundamento de derecho tercero.

Todo ello, sin pronunciamiento en costas.

Firme que sea esta resolución, líbrese exhorto al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que procede a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de Sentencias."

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de D. Paulino, a fin de conseguir su revocación y la Sala, en su lugar, estimando el recurso, conceda a esta parte el uso del domicilio familiar; y pide que la cuantía de la pensión de alimentos establecida a favor de la hija y a cargo del padre lo sea en la cuantía de 250 € mensuales; y todo ello en virtud de lo argumentado en el escrito de fecha 20 de noviembre de 2006.

CUARTO

Frente a tales pretensiones, la parte apelada se opone al recurso de apelación interpuesto de contrario por lo manifestado en el escrito de fecha 18 de enero de 2007.

QUINTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y...

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