SAP Murcia 47/2006, 30 de Marzo de 2006
Ponente | ANDRES PACHECO GUEVARA |
ECLI | ES:APMU:2006:2328 |
Número de Recurso | 157/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 47/2006 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
APELACIÓN JUICIO FALTAS, ROLLO 157/06, SECCIÓN PRIMERA
S E N T E N C I A NUM.47/06
En la ciudad de Murcia, a treinta de Marzo de dos mil seis.
El Ilmo. Sr. D. Andrés Pacheco Guevara, Magistrado Presidente de la Audiencia Provincial de Murcia, ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 157/06, dimanantes del juicio de faltas nº 158/05, tramitado con arreglo a las normas del Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la reforma operada por Ley 10/92 de 30 de abril, en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Murcia por falta de imprudencia en tráfico con resultado de daños y lesiones contra D. Benito y la aseguradora Mapfre, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el denuncianbte perjudicado, D. Mariano, contra la sentencia de fecha 27/9/05 dictada en el referido Juicio de Faltas.
El Juzgado de Instrucción de Murcia nº 1 dictó sentencia el 27/9/05 declarando probados los siguientes hechos: "Sobre las 17,20 horas del día 15 de noviembre de 2004, Mariano, de 43 años de edad, conducía el vehículo matrícula....-JTT, por la calle Ricardo Gil de esta ciudad y al llegar al cruce con la Avda. Infante D. Juan Manuel, efectuó el giro hacia su derrecha, interceptando el paso del turismo matrícula ZE-....-ZM, que conducía Benito, que había accedido a dicho cruce por la calle Princesa. Resultando lesionado Mariano, el que tardó en curar 30 días, sin restarle secuela alguna y estando impedido durante 10 días para sus ocupaciones habituales."
El fallo de dicha resolución expresamente disponía:"Que declarando las costas de oficio, debo absolver y absuelvo a Benito de los hechos origen de las presentes actuaciones."
Contra la referida resolución se interpuso en legal forma recurso de apelación por el deunciante, Sr. Mariano, fundamentándolo, en síntesis, en disconformidad con la sentencia apelada.
Y observados los trámites de los artículos 795 y 796 en relación con el 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, formándose el correspondiente rollo y quedando los autos vistos para sentencia.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los hechos declarados probados por la sentencia apelada, debiendo tenerse por reproducidos.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
La denuncia iniciadora de las presentes diligencias...
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