SAP Murcia 181/2004, 1 de Julio de 2004

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2004:1583
Número de Recurso134/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución181/2004
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 181/2.004

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a uno de Julio de dos mil cuatro.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Lorca, con el núm. 66/03 , entre las partes: como actor en instancia y apelante en esta alzada, D. Alfredo , en el Juzgado representado por el procurador Sr. Cañizares Millán y en esta alzada por el procurador Sr. Arjona Ramírez, siendo defendido en ambas instancias por el letrado Sr. Terrer Artés; y como demandadas y en esta alzada apeladas, la mercantil JUAN REVERTE S.A., en el juzgado representada por la procuradora Sra. Bermúdez Pastor y en esta alzada por la procuradora Sra. Lozano Semitiel, siendo defendida en ambas instancias por el letrado Sr. Hernández Bravo, y la también mercantil PROMOTORA DE SUELO Y VIVIENDAS DE MURCIA S.A., en el Juzgado representada por el procurador Sr. Centeno Bolívar y en esta alzada por la procuradora Sra. Lozano Semitiel, siendo defendida en ambas instancias por el letrado Sr. Alcón Sánchez.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 9 de diciembre de 2.003, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando como desestimo la demanda formulada por D. Alfredo , representado por el Procurador Sr. Cañizares Millán, bajo la dirección del Letrado Sr. Terrer Artés, contra la entidad mercantil Juan Reverte S.A., representada por la Procuradora Sra. Bermúdez Pastor, bajo la dirección del Letrado Sr. Hernández Bravo, y la entidad mercantil Promotor de Suelo y Viviendas de Murcia S.A., representada por el Procurador Sr. Centeno Bolívar, bajo la dirección del Letrado Sr. Alcón Sánchez, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con expresa condena a la parte demandante al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del actor, D. Alfredo , siéndosele admitido y, tras los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, fueron emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, compareciendo las partes indicadas en la cualidad dicha y señalándose Deliberación y Votación para el día 1 de julio de 2.004 .

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre del actor se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime la demanda, alegando error en la valoración de la prueba e infracción del art. 218.2 de la L.E. Civil , indicando, en síntesis, incumplimiento del contrato por parte de la entidad demandada, "Juan Reverte S.A.", al no haberse observado las normas de diseño de las viviendas de Protección Oficial y, por otro lado, mala ejecución de las obras al detectarse las deficiencias señaladas en el informe pericial que se acompaña con la demanda,...

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