SAP Almería 45/2003, 19 de Febrero de 2003

ECLIES:APAL:2003:247
Número de Recurso316/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/2003
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

Dª. Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZD. JESÚS MARTÍNEZ ABADDª. Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 316/02

SENTENCIA NUMERO 45/03

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

En la Ciudad de Almería, a 19 de febrero de 2003.

La Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo número 316/02, los autos procedentes del actual Juzgado de Instrucción nº 2 de Almería (antiguo Mixto nº 4), seguidos con el número 203/00, sobre JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO, entre partes, de una, como DEMANDANTE, "Almacenes Fernández Manzano, S.L.", y de otra, como DEMANDADA, D. Germán , representada la primera por el Procurador D. José Molina Cubillas y dirigida por el Letrado D. Armando Ortega Salamanca, y la segunda representada por la Procurador Dª. Mª Pilar Lucas-Piqueras Sánchez y dirigida por el Letrado D. Francisco Lucas-Piqueras Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 15 de noviembre de 2001, desestimando la excepción formulada y mandando, en consecuencia, seguir adelante con la ejecución despachada.

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la citada parte demandada, D. Germán , se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia acogiendo su excepción y desestimando la demanda ejecutiva; todo ello, por las razones expuestas en dicho escrito.

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución.

A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia y, no habiéndose solicitado prueba en esta segunda instancia, ni habiéndose estimado necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el pasado 7 de febrero de 2003.

QUINTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se indica en la sentencia recurrida, se ejercita en la presente litis una acción ejecutiva cambiaria, frente a la que se opone el demandado ejecutado alegando, al amparo del art. 67.2 de la Ley Cambiaria y del Cheque, que la letra de cambio en virtud de la que se ha despachado ejecución no contiene las formalidades necesarias. Esta excepción, rechazada por la sentencia de instancia, es de nuevo formulada en esta alzada por el citado demandado y ahora apelante.

Se concreta, pues, el presente recurso, al igual que en el tema debatido ante el Juzgado "a quo", al examen de la letras de cambio aportada con el escrito de demanda, para determinar si se cumplen, o no, en dicha cambial, los requisitos legalmente previstos para que dicho documento tenga, en efecto, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR