SAP Valencia 298/2008, 6 de Mayo de 2008

PonenteJOSE LUIS GOMEZ-MORENO MORA
ECLIES:APV:2008:2505
Número de Recurso198/2008/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución298/2008
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

298/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2008-0001066

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 198/2008- T -

Dimana del Juicio Ordinario Nº 000894/2007

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA

Apelante/s: NATURLIFE MEDIO AMBIENTE SL.

Procurador/es.- EVA DOMINGO MARTINEZ.

Apelado/s: Luis Francisco.

Procurador/es.- JESUS QUEREDA PALOP.

SENTENCIA Nº 298/2008

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

DÑA SUSANA CATALAN MUEDRA

Magistrados/as

D.ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

D. JOSE LUIS GOMEZ MORENO MORA

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En Valencia, a seis de mayo de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS GOMEZ MORENO MORA, los autos de Juicio Ordinario núm. 894/2007, promovidos por D. Luis Francisco contra la mercantil NATURLIFE MEDIO AMBIENTE SL sobre "Acción de enriquecimiento injusto", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por la mercantil NATURLIFE MEDIO AMBIENTE SL, representada por la Procuradora

Dña. EVA DOMINGO MARTINEZ y asistido del Letrado D. MIGUEL ANGEL CAMBRA VALERO contra D. Luis Francisco, representado por el Procurador D. JESUS QUEREDA PALOP y asistido del Letrado D. FRANCISCO ALBA

IBORRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA, en fecha 11-12-07 en el Juicio Ordinario num. 894/2007 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta a instancia de D. Luis Francisco que ha estado representado por el Procurador de los Tribunales D. JESUS QUEREDA PALOP DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad NATURLIFE MEDIOAMBIENTE S.L que ha estado representado por el Procurador de los Tribunales DÑA EVA DOMINO MARTINEZ a pagar la cantidad de DIECINUEVE MIL EUROS (19.000 €) e intereses legales y todo ello sin imposiciónde costas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de la mercantil NATURLIFE MEDIO AMBIENTE SL, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Luis Francisco. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 22-04-08.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con relación a los hechos que motivan la demanda que da origen al procedimiento de primera instancia resulta ser que el demandante Sr. Luis Francisco, durante el año 2005 y hasta su renuncia al cargo a principios de marzo de 2006, fue administrador único además de socio de la mercantil demandada. Cargo del que fue sustituido el 7/3/2006 fecha en la que acabo de vender sus participaciones al señor Don Luis. Que durante el mes de noviembre de 2005 y para atender al pago de las nóminas de los empleados aportó dinero propio y en concepto de préstamo mediante ingreso en efectivo en la cuenta de la demandada por un importe de 10.000€ y posteriormente otro ingreso de otros 7.000€ y finalmente para cubrir un descubierto que había en la cuenta que tenía aperturada en la Caixa hizo otro ingreso más de 12.000 (documento 1 a 3 como resguardos y 4, 5 como copias de extractos). Para atender a su devolución recibió de la demandada dos cheques por importe de 7000 y 12.000€ que no pudieron ser pagados, se aportan como documentos 6 y 7. Por todo ello se reclaman 19.000€ en tanto que se renunciaba en la Audiencia Previa a 10.000 de los 29.000 que en principio se reclamaban. Demanda en cuyo SUPLICO se solicitaba: que se condene a la mercantil demandada a pagar al actor la cantidad de 29.000€ (19.000 después de la Audiencia) en concepto de devolución de las cantidades recibidas en su día del actor en fechas 7 y 8 de noviembre de 2005 en concepto de préstamos así como los intereses legales con expresa condena en costas. Subsidiariamente y para el supuesto de desestimación de la anterior petición, que se declare haberse producido un enriquecimiento injusto por parte de la entidad demandada a costa del actor por importe de 29.000€ (19.000 después de la Audiencia) condenando a dicha entidad a pagar al actor dicho importe para reparar el perjuicio ocasionado al mismo, intereses legales y con expresa condena en costas.

Con expresa oposición en los términos de que si bien es cierto que fue administrador y que dejó el cargo pasándoselo al señor Don Luis, también lo es que cometió muchas irregularidades que motivaron su cese y salida de la sociedad y que realmente se alcanzó un acuerdo...

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