SAP Murcia 77/2005, 4 de Octubre de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:1705
Número de Recurso188/2005
Número de Resolución77/2005
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

CARLOS MORENO MILLANJUAN ANTONIO JOVER COYANDRES PACHECO GUEVARA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00077/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo Apelación Penal

SECCION CUARTA nº. 188/05

MURCIA

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 77

En la ciudad de Murcia, a cuatro de octubre de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el Expediente de Reforma procedente del Juzgado de Menores de Murcia y seguido ante el mismo con el nº 584/03, - rollo nº 188/05-, por delito de estafa respecto del menor Serafin, nacido el 29-1-1988, hijo de Pedro José y María Gregoria, asistido de sus representantes legales y del Letrado Sr. Sánchez López; siendo parte en esta alzada como apelante el Letrado Sr. Sánchez López, en representación del menor y como apelado el Ministerio Fiscal, actuando como ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, quien expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Menores de Murcia dictó sentencia el 6-7-2005 en el Expediente de Reforma nº 584/03, declarando probados los siguientes hechos:

Se declara probado, que en fecha no determinada, a finales del mes de julio de 2003, el menor Serafin, nacido el 29-1-88, encontrándose en el domicilio de los abuelos de su amigo Lucio, sito en AVENIDA000 núm. NUM000 de Villanueva del Río Segura, junto con este y otro amigo, observó una TARJETA SIM de teléfono móvil sobre una mesa del taller anejo y, tras echar polvo de un extintor, aprovechó que sus amigos no veían, para apoderarse de la misma.

Dicha tarjera, asociada al núm. NUM001, era propiedad de Benjamín, tío de Lucio, el cual pese a no haber extinguido el contrato con telefónica Movistar, no la usaba y la tenía en el domicilio de sus padres (abuelos de Lucio).

Tras instalarla en su propio móvil y comprobar que se encontraba operativa, empezó a realizar llamadas y a mandar mensajes cortos, hasta que el propietario dio de baja la misma, al observar en la factura del día 2 de septiembre que habían multitud de llamadas y mensajes con la tarjeta que el no utilizaba.

El menor realizó (ya personalmente, ya prestando el teléfono a amigos) hasta esa fecha un total de 12 horas, 28 minutos y 10 segundos en llamadas y envió 917 SMS por un importe total de 1.085,34 ¤ (935,63 ¤ más IVA).

Segundo

Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que acuerdo imponer al menor acusado Serafin, como autor del delito ya referido, la medida reeducativa de CINCUENTA HORAS DE PRESTACIONES EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, con las reglas de conducta que ha elaborado el Equipo Técnico, a la vista de las circunstancias personales".

Tercero

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el menor Serafin, fundamentándolo en síntesis en error en la apreciación de la prueba e infracción de normativa legal.

Cuarto

Admitido el recurso en ambos efectos, y tras la oportuna tramitación, en la que se opuso al recurso el Ministerio Fiscal, se elevaron las actuaciones a esta Sala, en la que se formó el correspondiente rollo, y se señaló el día 3-10-2005...

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