SAP Asturias 411/2002, 9 de Octubre de 2002

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2002:3674
Número de Recurso343/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución411/2002
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 411/02

Rollo: RECURSO DE APELACION 343 /2002

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En OVIEDO, a nueve de Octubre de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Cambiario 255/01, procedentes del Juzgado de Primera instancia de Luarca, Rollo de Apelación 343/02, entre partes, como Apelante/s, Carmomader Bocairent, S.L., y como Apelado/s Camping Tauran Agroturismo, S.L. representado por la Procuradora Dª Ana M. Alvarez Briso Montiano y bajo la dirección letrada de D. José Luis Pérez Ron.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Luarca dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 14 de mayo de

2.002 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimo parcialmente la demanda interpuesta por CARMOMADER BOCAIRENT S.L frente a CAMPING TAURAN AGROTURISMO S.L y condeno a la demandada, Camping Tauran Agoturismo, S.L, a que pague a la actora la cantidad de 12.645,86 euros, más los intereses legales, desde la fecha de esta resolución. Sin imposición de costas.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Martín del Peso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que estima la exceptio non rite adimpleti contractus, en el seno de un juicio cambiario, que se adujo con base en el artículo 67 de la Ley Cambiaria y del Cheque, se discute por el actor apelante en primer término la procedencia de acoger la mentada excepción en el marco limitado de cognición de e dicho proceso especial que regula la nueva LEC.

SEGUNDO

La doctrina que esta Sala viene manteniendo, es opuesta a la admisibilidad de la exceptio non rite; entre otras en la sentencia citada de 5 de mayo de 1999, sin que la variación legislativa,...

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