SAP León 605/2000, 11 de Octubre de 2000
Ponente | ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APLE:2000:2031 |
Número de Recurso | 181/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 605/2000 |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 605/2000
Iltmos. Sres.
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado
D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado
En León, a once de octubre de dos mil.
VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante D. Alfonso , representado por el Procurador D. Luis María Alonso Llamazares y asistido por el Letrado D. Carlos Bermejo Oblanca y como apelada SOCIEDAD BERCIANA DE CAZA, PESCA Y ECOLOGIA, representada por la Procuradora Dª. Beatriz Fernández Rodilla y asistida por el Letrado D. Luis Soto Pérez, sustituido en el acto de la vista por D. Javier González Viejo, actuando como Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.
Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos con fecha 15 de febrero de 2.000 cuya parte dispositiva , literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por D. Alfonso contra la SOCIEDAD BERCIANA DE CAZA, PESCA Y ECOLOGIA, debo declarar y declaro la nulidad del acuerdo de expulsión adoptado por la Junta Directiva de la sociedad demandada, debiendo reintegrarse al demandante en su condición de socio con todas las consecuencias inherentes a tal pronunciamiento, desestimando las restantes pretensiones contenidas en la demanda presentada; todo ello con expresa condena en costas de la parte actora".
Contra la relacionada sentencia se interpuso recurso por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, en cuyo acto se solicitó por el Letrado de la apelante la revocación de la resoluciónrecurrida y por el Letrado de la apelada su confirmación.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución apelada en cuanto no se opongan a los razonamientos contenidos en los siguientes ordinales.
Planteada demanda de juicio de menor cuantía por D. Alfonso contra la Sociedad Berciana de Caza, Pesca y Ecología, a fin de que se declarara la nulidad del acuerdo de la Junta Directiva de la demandada de 30 de noviembre de 1.995 por el que se dio de baja como socio al actor y, en consecuencia, se le declarara socio de pleno derecho de la sociedad y se le pusiera en posesión del permiso o tarjeta que le faculta para el ejercicio del deporte de la caza en los terrenos cinegéticos que posee la demandada y, finalmente, se condenara a ésta a indemnizarle, en concepto de daños y perjuicios, en 8.516.750 ptas o, subsidiariamente, la que, a la vista de la prueba practicada, se estimare justa. La sentencia dictada en la primera instancia estimó la primera de las pretensiones y las de ella derivadas, en cuanto deberá reintegrarse al actor en su condición de socio con todas las consecuencias inherentes a tal pronunciamiento y desestimó la indemnizatoria con base a la mala fe que el juzgador "a quo" dedujo de una serie de datos y actitudes y comportamientos del actor que explicitó en su sentencia, en la que utilizó el mismo razonamiento para imponer al mismo las costas procesales de la primera instancia, pese a...
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