SAP Valencia 215/2006, 12 de Abril de 2006

PonenteALEJANDRO FRANCISCO GIMENEZ MURRIA
ECLIES:APV:2006:2139
Número de Recurso121/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución215/2006
Fecha de Resolución12 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2006-0000755

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 121/2006- C -

Dimana del Juicio Ordinario Nº 465/2002

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE CARLET

Apelante/s: Jesús Carlos.

Procurador/es.- BERNARDO BORRAS HERVAS.

Apelado/s: Silvia.

Procurador/es.- MARIA LUISA ROMUALDO CAPPUS.

SENTENCIA Nº 215/2006

===========================

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO

Magistrados/as

D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

===========================

En VALENCIA, a doce de abril de dos mil seis.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr./Sra. D./Dña. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA, los autos de Juicio Ordinario - 000465/2002, promovidos por Silvia contra Jesús Carlos sobre "resolucion de contrato de arrendamiento de vivienda", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Jesús Carlos, representado por el Procurador D/Dña. BERNARDO BORRAS HERVAS y asistido del Letrado D/Dña. JULIO M QUILES BODI contra Silvia, representado por el Procurador D/Dña. MARIA LUISA ROMUALDO CAPPUS y asistido del Letrado D./Dña. CRISTINA SOLABRE RODRIGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE CARLET, en fecha 20-2-04 en el Juicio Ordinario - 000465/2002 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por el Procurador Manuel Hernandez, en nombre y represntación de Dña. Silvia contra D. Jesús Carlos, firme que sea la presente resolucion:

  1. - Declaro la extinción del contrato de arrendamiento existente entre las parte sobre la vivienda sita en l´Alcudia, CALLE000 número NUM000 bj., condenando al demandado a estar y pasar por la anterior declaracion.

  2. - Condeno al demandado a que deje libre, vacua yexpedidta y a disposición de la actora en el plazo legal la vivienda mencionada asi como a retirar sus bienes personales con apercibmiento de que en caso de no hacerlo se procederá a su lanzamiento y a la declaración de los bienes en situación legal de abandono.

  3. - Se imponen las costas del presente procedimeitno a la parte demandada.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Jesús Carlos, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Silvia. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, se tramitó la alzada con celebración de la vista correspondiente el día 6 de abril de 2006, donde se practicó la prueba propuesta y admitida en esta instancia, a cuyo acto asistieron las partes que constan en el acta reseñada al efecto, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme la pretensión de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora formuló su demanda al amparo del artículo 62. 3 de la LAU de 1964, por estar desocupada la vivienda más de seis meses, el procedimiento se tramitó teniendo declarado al demandado en rebeldía, por lo que se dictó sentencia el 20 de febrero del 2004, en la cual se estimó la demanda declarando resuelto el contrato de arrendamiento que existía entre los litigantes y condenando al demandado a dejar la vivienda libre, vacua, expedita y a disposición de la actora. Contra esta resolución, el demandado formuló recurso de apelación en el cual se atacaban los sustratos fácticos de la resolución porque el demandado había estado en prisión en EEUU desde el 16 de agosto de 2001 hasta 28 de marzo 2003, en que fue trasladado desde ese país a España, por lo que en base a esta situación solicitaba que se declarase que la desocupación estaba justificada y se revocase la sentencia, proponiendo prueba para esta segunda instancia, y aportando sendos documentos con la intención de acreditar los extremos fácticos alegados en su recurso.

SEGUNDO

Ahora bien, antes de entrar al análisis de la cuestión planteada concretamente de la rebeldía, existe un presupuesto que es necesario resolver previamente en cuanto que ha sido alegado por el demandante, la de la inadmisibilidad del recurso. Por lo que corresponde analizar si, en efecto, cumplió el recurrente la exigencia del artículo 449-1º de la misma Ley, que establece que: "en los procesos que lleven aparejado el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 2 de Junio de 2009
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 2 Junio 2009
    ...la Sentencia dictada, con fecha 12 de abril de 2006, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección Undécima), en el rollo de apelación nº 121/2006, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 465/2002 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de - Mediante Providencia de 24 de octubre ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR