SAP Teruel 187/2005, 5 de Octubre de 2005
Ponente | JUAN CARLOS HERNANDEZ ALEGRE |
ECLI | ES:APTE:2005:147 |
Número de Recurso | 190/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 187/2005 |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª |
FERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLAMARIA TERESA RIVERA BLASCOJUAN CARLOS HERNANDEZ ALEGRE
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TERUEL
SENTENCIA: 00187/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL NÚM. 190/05
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NÚM. 1 DE ALCAÑIZ
SENTENCIA NÚM 187
En la Ciudad de Teruel a cinco de octubre de dos mil cinco. Esta Audiencia Provincial, integrada
por los Magistrados Ilmos. Señores D. Fermín Francisco Hernández Gironella, presidente accidental, Dª. María Teresa Rivera Blasco, y D. Juan Carlos Hernández Alegre, suplente y ponente en estos autos, ha visto y examinado el rollo de apelación civil núm. 190/05, incoado para la resolución del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Alcance en el juicio ordinario núm. 275/04, seguido en el ejercicio de una acción de reclamación de cantidad por responsabilidad extracontractual, a instancia de D. Hugo, mayor de edad, vecino de Alcañiz, con domicilio en C/ DIRECCION000 núm. NUM000, NUM001, provisto del D.N.I. núm. NUM002, representado en la primera instancia por la Procuradora Dª. Soledad Espallargas Balduz, y defendido por el Letrado D. Félix Gil Brenchat; contra los demandados D. Alvaro y Dª Nieves, mayores de edad, vecinos de Alcañiz, con domicilio en AVENIDA000, núm. NUM003, el primero de ellos representado en la primera instancia por el Procurador D. Agustín Sorribas Blesa y ante esta Audiencia por el Procurador D. Luis Barona Sanchís, y defendido por la Letrado Dª. Laura Brun Gil, y la segunda de ellos declarada en situación procesal de rebeldía y no comparecida ante esta Audiencia.
Ha sido apelante el demandante D. Hugo, y apelados los demandados D. Alvaro y Dª. Nieves. Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer unánime del Tribunal, con base en los siguientes:
El día 23 de marzo de 2005 el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Alcance dictó sentencia en el juicio ordinario núm. 275/04, con la siguiente parte dispositiva: "FALLO.- Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sr. Espallargas Balduz, en nombre y representación de Hugo contra D. Alvaro y Dña. Nieves, representados por el Procurador Sr. Sorribas, debiendo absolver y absolviendo al demandado de las peticiones deducidas en su contra. Las costas se imponen al actor." (sic.)
Publicada y notificada la anterior sentencia, por la Procuradora Dª. Soledad Espallargas Balduz, en nombre y representación del demandante D. Hugo, se presentó el día 5 de abril de 2005 escrito solicitando del Juzgado que tuviera por preparado recurso de apelación contra la sentencia.
En providencia del Juzgado del día 12 de abril de 2005 se tuvo por preparado el anterior recurso y se concedió a la parte apelante el plazo de 20 días para que interpusiera por escrito el correspondiente recurso. Trámite que evacuó esa parte apelante mediante la presentación del correspondiente escrito de formalización del recurso el día 6 de mayo de 2005, en el que, tras exponer como fundamento del mismo error en la fundamentación jurídica, solicitaba de la Sala una resolución que revocase la de instancia, estimase íntegramente la demanda y condenase a los demandados a pagarle la cantidad de 8.720,36 ¤, más el interés legal del dinero desde la fecha de la interpelación judicial, que se incrementará desde la fecha de la sentencia de conformidad con lo dispuesto en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con expresa imposición de las costas a la parte demandante.
Dicho recurso fue admitido en providencia de fecha 11 de mayo de 2005, en la que se acordaba dar traslado del recurso a la otra parte para que en el plazo de diez días pudiera presentar escrito de impugnación o de adhesión al mismo.
El día 26 de mayo de 2005 la representación procesal del demandado D. Alvaro presentó escrito de impugnación del recurso interpuesto por el demandante, solicitando, tras exponer las alegaciones que consideró pertinentes en defensa de sus pretensiones, la desestimación del recurso interpuesto y la confirmación de la sentencia recurrida, con expresa imposición de las costas del recurso a la parte contraria.
El día 3 de junio de 2005 el Juzgado tuvo por formalizado el trámite de oposición al recurso y acordó elevar las actuaciones originales a esta Audiencia Provincial competente para la resolución del recurso.
El día 1 de septiembre del presente año se recibieron las actuaciones originales, junto con los escritos de interposición y de impugnación del recurso, en esta Audiencia Provincial, donde se acordó, en providencia de la Sala del día seis siguiente, la incoación del oportuno rollo para la tramitación del recurso, designándose al mismo tiempo, por turno de reparto, magistrado ponente. No estimándose necesaria la celebración de vista, se acordó señalar para deliberación y votación el día 29 de septiembre de 2005. Con fecha 26 de junio se acordó, dado que el magistrado designado ponente se encontraba de baja por enfermedad, completar la Sala con el magistrado suplente que se hizo cargo de la ponencia, y en cuyo poder quedaron las actuaciones para sentencia el día 29 de septiembre, tras la deliberación y votación de los miembros del Tribunal
En la tramitación del presente recurso se han observado en esta Audiencia Provincial las prescripciones legales vigentes.
La parte actora ejercita en su demanda una acción de reclamación de cantidad, por los daños causados en la cubierta de una nave de su propiedad tras recibir el impacto de varias chapas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba