SAP Alicante 56/2007, 9 de Febrero de 2007
Ponente | FRANCISCO JOSE SORIANO GUZMAN |
ECLI | ES:APA:2007:445 |
Número de Recurso | 550/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 56/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE
SECCION OCTAVA.
TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA
ROLLO DE SALA N.º 550 ( 387 ) 06.
PROCEDIMIENTO: juicio verbal n.º 357 / 06.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE ALICANTE.
SENTENCIA NÚM.56/07
Iltmos.:
Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.
Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.
Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán.
En la ciudad de Alicante, a nueve de febrero del año dos mil siete.
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Istmos. Sres. arriba expresados, ha visto los presentes autos, dimanantes del procedimiento anteriormente indicado, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alicante; de los que conoce, en grado de apelación, en virtud del recurso interpuesto por PROCOYPRO, SL, apelante por tanto en esta alzada, representada por la Procuradora D.ª PALOMA JIMÉNEZ ARTES, con la dirección del Letrado D. CAYETANO SERNA SERNA; siendo la parte apelada D.ª Flor y MAPFRE INDUSTRIAL, representados, respectivamente, por los Procuradores D. JORGE BONASTRE HERNÁNDEZ y D. ENRIQUE DE LA CRUZ LLEDÓ, con la dirección respectiva de los Letrados D. JOSÉ MANUEL ALIAGA GOMIS y D. JUAN IGNACIO ORTIZ JOVER.
En los autos referidos, del Juzgado de Primera Instancia Núm. 4 de Alicante, se dictó Sentencia, de fecha 27 de julio del 2006, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Jorge Bonastre en nombre y representación de Dª Flor frente a PROCOYPRO S.L. representada por la Sra. Jiménez Artes y CIA MAPFRE, debo condenar y condeno a los demandados a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de 1.769,06 euros, debiendo abonar la Cía aseguradora el interés legal de esta cantidad en la forma establecida en el fundamento jurídico de esta resolución, imponiendo a la parte demandada solidariamente las costas".
Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte reseñada, y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes. Seguidamente, tras emplazarlas, se elevaron los autos a este Tribunal, donde fue formado el Rollo, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 1 / 2 / 07, en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente proceso, en esta alzada, se han observado las normas y formalidades legales.
Se insiste en esta alzada en la prescripción de la acción de responsabilidad extracontractual ejercitada en la demanda, alegando que se ha infringido el art. 1968.2 del Código Civil por no...
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