SAP Valencia 165/2008, 14 de Marzo de 2008

PonenteJOSE ANDRES ESCRIBANO PARREÑO
ECLIES:APV:2008:490
Número de Recurso57/2008/
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución165/2008
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

165/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

Rº Apel. 57/08

P.A. 165/06 Instr. 10 Valencia (antes D.P. 6800/04)

P.A. 212/07 Penal 2 Valencia

F/ Sr/a.

Alario Mont

SENTENCIA NÚMERO 165/08

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SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOSÉ MARÍA TOMÁS TÍO

MAGISTRADOS

D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO

Dª CARMEN LLOMBART PÉREZ

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En la ciudad de Valencia, a catorce de marzo de dos mil ocho.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 7, de fecha 10 de enero de 2008, pronunciada por el Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 2 de Valencia, en Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, seguido en el expresado Juzgado con el número 212 de 2007, por delito de falsificación de documento oficial.

Han sido partes en el recurso, como apelante Javier, representado por el Procurador D. Rafael F. Alario Mont y dirigido por el Letrado D. José Castellano Asensi, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente el Sr. Magistrado D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: " Javier, que también utiliza los nombres de Arturo o Raúl, natural de Moldavia o Rumania, en situación irregular en España, mayor de edad, ejecutoriamente condenado en sentencia firme el 11/08/03 por robo con fuerza a veinte meses de prisión, sobre las 04,30 horas del 11 de diciembre de 2004, en la calle Joaquín Costa de Valencia, al ser identificado por agentes de la Policía Local de Valencia, les exhibió un permiso de conducir y un documento de identidad de Moldavia, que eran íntegramente falsos y habían sido realizados por el acusado otra persona a la que éste facilitó su fotografía y sus datos, con posterioridad al 26/07/02 y al 17/04/02 respectivamente, que son las fechas de expedición que figuran en los mismos."

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Debo condenar y condeno a Javier, también conocido como Arturo y Raúl, como autor responsable de un delito continuado de falsedad en documento oficial, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la pena de multa de once meses con una cuota diaria de 6 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de seis meses y treinta días y al pago de las costas procesales causadas.

Se acuerda el comiso y destrucción de los documentos intervenidos."

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación del acusado se interpuso recurso de apelación contra la misma, el que sustancialmente fundó en quebrantamiento de normas y garantías...

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