SAP Santa Cruz de Tenerife 173/2008, 7 de Marzo de 2008

PonenteJUAN CARLOS TORO ALCAIDE
ECLIES:APTF:2008:316
Número de Recurso315/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución173/2008
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 173

En Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2008.

Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. el Rey, por el Iltmo. Sr. D./Dña. Juan Carlos Toro Alcaide de la Audiencia Provincial Sección Quinta, el JUICIO DE FALTAS INMEDIATO nº 0000158/2006 ; y habiendo sido partes, de la una y como apelante D./Dña. Benjamín y de la otra y como apelado D./Dña. Joaquín, ejercitando la acción pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el JDO. INSTRUCCION N. 2 de SANTA CRUZ DE TENERIFE, resolviendo en el referido JUICIO DE FALTAS INMEDIATO, con fecha 7 de noviembre de 2006, dicta sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Debo CONDENAR Y CONDENO a Benjamín como autor penalmente responsable de una falta de amenazas a la pena de 20 días de multa a razón de una cuota diaria de 5 euros día y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse mediante localización permanente. Procede condenar al mismo al pago de la mitad de las costas procesales.

Debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Joaquín y Juan Carlos por los hechos por los que se ha seguido el presente procedimiento frente a los mismos. ".

SEGUNDO

Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos: "

PRIMERO

Probado y así se declara que el día 18 de octubre de 2006 cuando Joaquín y su esposa se encontraban en la Cafetería Brillante de Santa Cruz de Tenerife se les acercó uno de los empleados de la empresa que dirigen llamado Benjamín y se dirigió a los mismos en términos tales como "sinvergüenzas, por qué me van a echar a la calle, ladrones, eso en mi país se arregla con cuatro plomitos". A fin de evitar mayores problemas Joaquín y su esposa se marcharon a las oficinas de la empresa y le pidieron a Benjamín que pasara por dicho lugar más tarde. Una vez Benjamín se persono en las oficinas de la empresa WENDOLYN, se le entregó la carta de despido por no superar el periodo de pruebas momento en el que Benjamín volvió a dirigirse a ellos y a su empleado Juan Carlos con expresiones tales como "sinvergüenza, ladrones, estafadores, esto con cuatro plomitos se arregla en mi país....".

SEGUNDO

Benjamín presentó denuncia ante los agentes de la Policía Nacional de Santa Cruz de Tenerife en la que sostuvo que el día 18 de octubre de 2006 cuando se personó en las oficinas de la empresa para la que trabajaba llamada WENDOLYN a fin de recoger su carta de despido fue agredido por Joaquín y Juan Carlos con puñetazos en el rostro y un golpe en la parte posterior del cuello habiéndole propinado el Sr. Juan Carlos varios golpes en la región abdominal. ".

TERCERO

Que impugnada la sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a este Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente rollo y señalándose para la resolucion de la apelación el próximo día 7 de marzo de 2008.

Se aceptan los...

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