SAP Alicante 37/2003, 22 de Enero de 2003

ECLIES:APA:2003:232
Número de Recurso26/2003
Número de Resolución37/2003
Fecha de Resolución22 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA DE APELACION DE JUICIO DE FALTAS

SENTENCIA Nº 37/03

ROLLO DE APELACION Nº 26/03 JUICIO DE FALTAS Nº 201/02 JUZGADO

DE INSTRUCCIÓN Nº DOS DE ORIHUELA. En la Ciudad de Elche, a

Veintidós de Enero de Dos Mil Tres.

El Iltmo. Sr. D. Fernando Cambronero Cánovas, Magistrado de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial con sede en la Ciudad de Elche, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 17/9/02, dictada por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº DOS DE ORIHUELA, en Juicio de Faltas nº 201/02, sobre DAÑOS habiendo actuado como parte apelante Doña Julieta defendida por la Letrada Sra. Gómez Chazarra y como parte apelada D. Cosme y con la intervención del Ministerio Fiscal y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "Probado y así se declara que como consecuencia de desavenencias existentes entre Cosme y Julieta , los cuales se encontraban en trámites de separación, sobre las 16'00 horas del día 15 de noviembre de 2001, ésta, tras conversar con su esposo sobre la separación en un establecimiento de Almoradí, siguió a Cosme en su coche, hecho este del que se percató Cosme , motivo por el cual detuvo su coche para pedirle explicaciones, de forma tal que cuando se subió nuevamente a su coche, Julieta , con el turismo que conducía, acometió varias veces contra el vehículo conducido por su esposo, causándole daños valorados en 104,58 euros.".

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Julieta , como autor responsable de una falta de Daños, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 20 días de multa, a razón de 6 euros de cuota diaria, lo que supone un total de 120 euros; quedando sujeto, caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Condenándole igualmente a que indemnice a Cosme en la suma de 104,58 euros por los daños causados en el turismo, con imposición de pago de las costas.".

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma, por la parte apelante , se interpuso el presente recurso , que fue admitido a trámite, elevándose las actuaciones a esta Audiencia, donde, previa formación del rollo...

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