SAP Murcia 43/2006, 23 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2006:2614
Número de Recurso140/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución43/2006
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

Rollo núm. 140/06

Apelación J. Faltas.

S E N T E N C I A Nº 43/2006

En la ciudad de Murcia, a veintitrés de marzo de dos mil seis.

Vistos por la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de apelación nº 140/06, dimanante de los autos de juicio de Faltas nº 778/03, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Murcia, en que han sido partes, denunciantes-denunciados Daniel, Manuel y Luis Angel ; y el MINISTERIO FISCAL ejercitando la acción pública.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las actuaciones de que el presente rollo dimana, el Juzgado de instrucción citado, dictó sentencia con fecha 2 de Noviembre de 2004, sentando como hechos probados los siguientes: "PRIMERO.- Sobre las 19,30 horas del 18/04/03, el turismo Mercedes CI-....-MC circulaba por la Avenida del Ejército del Aire de Alcantarilla (Murcia), conducido por Daniel. En un momento dado se le cruzó intencionadamente el turismo Volskwagen Polo....-QXM, que procedía de la calle Anunciación, obligándolo a detenerse. El Polo era conducido por Manuel y en el mismo circulaba como ocupante Luis Angel. Este turismo circulaba por dirección prohibida.

Los tres ocupantes de los vehículos se bajaron de los mismos, comenzando a discutir. Manuel y Luis Angel acometieron a Daniel, comenzando una pelea entre los tres. En un momento dado Daniel sacó de su coche el antirrobo y golpeó el capó del otro vehículo. Manuel y Luis Angel volvieron a acometer a Daniel, que golpeó con el antirrobo en la cabeza a Luis Angel, al tiempo que pedía al testigo Sr. Benito que llamara a la policía, cosa que hizo.

SEGUNDO

Como consecuencia de los hechos Luis Angel sufrió lesiones que le tuvieron cinco días incapacitado, tardando diez días más en curar. Le quedó como secuela una cicatriz en región temporal izquierda. Daniel sufrió lesiones que precisaron un día de curación.

El....-QXM sufrió daños no tasados, pero inferiores a 400 euros."

SEGUNDO

El Fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que condeno a Luis Angel y Manuel, como autores de una falta del art. 617.1 del Código Penal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de seis euros, lo que hace un total de 180 euros para cada uno de ellos, cantidad que deberá hacer efectiva de una sola vez, con l advertencia de que se impone un día de arresto por cada dos cuotas impagadas, en caso de impago o insolvencia. Todo ello con imposición de costas por mitad. Que igualmente los condeno solidariamente a que abonen a Daniel. Con 25 euros. Que absuelvo a Manuel Y Luis Angel de la falta de amenazas. Que absuelvo a Daniel de las imputaciones realizadas en su contra."

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpusieron en tiempo y forma recursos de apelación por Manuel y Luis Angel, que fue admitido en ambos efectos y previo traslado a las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer dicho recurso, dictándose la presente sin celebración de vista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en representación de Manuel se invoca la existencia de error en la apreciación de la prueba e incorrecta aplicación del artículo 20 del Código Penal, con base, en síntesis, en que no existió agresión ilegítima, sino...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR