SAP Murcia 119/2007, 22 de Octubre de 2007

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2007:2189
Número de Recurso488/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución119/2007
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00119/2007

SENTENCIA

Nº 119/07

En la Ciudad de Murcia, a veintidós de octubre del año dos mil siete.

El Ilmo. D. Jaime Giménez Llamas, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 488/07, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Dos de Caravaca de la Cruz, en procedimiento de Juicio de Faltas número 327/06, seguido por Desobediencia, en el que han sido partes, como denunciante don Marcelino, asistido del Letrado Sr. Espín Martínez, como denunciado doña Elsa, asistida de la Letrada Sra. Bastida Méndez y como acusación pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 1 de febrero de 2.007 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 327/06, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "No ha quedado probado que desde junio de 2.005 la denunciada no dejara al denunciante ver a la hija común de ambos, incumpliendo el régimen de visitas acordado en resolución judicial."

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Dª Elsa de los hechos origen de las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas causadas en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por Marcelino se interpuso recurso de apelación. Del mismo se dio traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, el que se opuso al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia. Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

ÚNICO.- Se acepta y se da por reproducida la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.

PRIMERO

El recurrente solicita que se revoque la sentencia recaída en el Juzgado de instrucción y que, en su lugar, se dicte otra por la que se condene a la denunciada Elsa por una falta de desobediencia, ya que ésta no dejó que el padre viese la hija de ambos, sin que se encontrase suspendido el régimen de visitas; por lo que tal hecho es suficiente para consumar la infracción penal que, como desobediencia, se recoge en el C. Penal (arts. 618 y 622 ), sin que tampoco, en ningún momento se fundamente el fallo...

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